Instrumento
- Fecha
- 6 de enero de 2020
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) la prestación de servicios de asesoría y consultoría en materia deportiva tanto en territorio nacional como extranjero; b) el desarrollo de actividades recreativas, turísticas en su más amplio sentido y de esparcimiento y; c) la inversión en todo tipo de bienes, sean éstos corporales o incorporales, muebles o inmuebles pudiendo -a tal respecto- administrar dichos bienes para obtener rentas, explotarlos y)o usarlos para fines comerciales. Para cumplir su objetivo, la sociedad podrá efectuar todas las operaciones, celebrar todos los contratos, y en general, ejecutar todos los acto que sean convenientes y)o necesarios a juicio del o los administradores
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALBERTO MOZO AGUILAR, Notario Titular 40 Notaría de Santiago, con oficio ubicado en calle Teatinos 332, Santiago, Certifico: Por escritura pública hoy, ante mí: don ALBERTO ANTONIO GUTIÉRREZ SEPÚLVEDA y don LUIS ALBERTO QUIROGA MARTÍNEZ constituyeron una Sociedad por Acciones. Nombre o Razón Social: “SERVICIOS NEONSPORTS SpA” Objeto: El objeto de la sociedad será: a) la prestación de servicios de asesoría y consultoría en materia deportiva tanto en territorio nacional como extranjero; b) el desarrollo de actividades recreativas, turísticas en su más amplio sentido y de esparcimiento y; c) la inversión en todo tipo de bienes, sean éstos corporales o incorporales, muebles o inmuebles pudiendo -a tal respecto- administrar dichos bienes para obtener rentas, explotarlos y/o usarlos para fines comerciales. Para cumplir su objetivo, la sociedad podrá efectuar todas las operaciones, celebrar todos los contratos, y en general, ejecutar todos los acto que sean convenientes y/o necesarios a juicio del o los administradores.- Capital: El capital de la sociedad asciende a la suma de $1.000.000 dividido en 1000 acciones nominativas, de una misma y única serie, sin valor nominal, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 6 de Enero de 2020.