Instrumento
- Fecha
- 27 de diciembre de 2019
- Repertorio
- 54248-2019
- Notario
- Juan Ricardo San Martín Urrejola
- Oficio
- 43ª. Notaría
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) Toda actividad relacionada con la prestación de servicios jurídicos; b) La asesoría y consultoría en materias legales, en todas sus ramas, sea por cuenta propia o ajena; c) La asesoría y consultoría en actividades de asesoramiento empresarial, en áreas de recursos humanos y gestión; d) La contratación de abogados, profesionales y técnicos, para la prestación de servicios de redacción de contratos, documentación administrativo-legal, confección de escrituras públicas y todo lo concerniente a labores propias de los auxiliares de administración de justicia; e) La representación de personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, que requieran los servicios técnicos jurídicos e informáticos para la administración de contratos y gestión de documentación legal en todas la ramas del derecho; y f) la inversión en todo tipo de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| MARCELA ANGÉLICA SOTO ILABACA | socio | 12640376-3 | — | — | |
| ISIDORA MARCELA SANTA CRUZ SOTO | socio | 20470749-9 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJuan Ricardo San Martín Urrejola, Notario Público Titular de la 43ª. Notaría, con oficio en Huérfanos 835 piso 18, comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública repertorio 54.248- 2019 de fecha 27/12/2019 ante mí, MARCELA ANGÉLICA SOTO ILABACA, R.U.T. 12.640.376-3 e ISIDORA MARCELA SANTA CRUZ SOTO, R.U.T. 20.470.749-9, ambas domiciliadas Hamburgo 800 Dpto. 212, Ñuñoa, Región Metropolitana, constituyeron sociedad por acciones cuyo nombre es “MASI SpA”, nombre fantasía “MASI”. Domicilio: Santiago. Duración: Indefinida. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) Toda actividad relacionada con la prestación de servicios jurídicos; b) La asesoría y consultoría en materias legales, en todas sus ramas, sea por cuenta propia o ajena; c) La asesoría y consultoría en actividades de asesoramiento empresarial, en áreas de recursos humanos y gestión; d) La contratación de abogados, profesionales y técnicos, para la prestación de servicios de redacción de contratos, documentación administrativo-legal, confección de escrituras públicas y todo lo concerniente a labores propias de los auxiliares de administración de justicia; e) La representación de personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, que requieran los servicios técnicos jurídicos e informáticos para la administración de contratos y gestión de documentación legal en todas la ramas del derecho; y f) la inversión en todo tipo de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles. Capital: $2.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal y por este acto los accionistas suscriben y pagan al contado y en dinero efectivo, de la siguiente forma: a) MARCELA ANGÉLICA SOTO ILABACA, suscribe y paga 500 acciones en el precio total convenido de $1.000.000 y b) ISIDORA MARCELA SANTA CRUZ SOTO, suscribe y paga 500 acciones en el precio total convenido de $1.000.000. Por tanto, ha quedado totalmente suscrito y pagado el Capital e ingresado a la Caja Social. Demás estipulaciones en escritura que extracto. Santiago, 22 de enero de 2020.