MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

INMOBILIARIA SAN ENRIQUE TRES SpA

RUT 76937424-8 CVE 1716837
Capital
$14.507.000 CLP
Fecha instrumento
26 de diciembre de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
26 de diciembre de 2019
Notario
RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP
Oficio
40° Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$14.507.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
INMOBILIARIA SAN ENRIQUE TRES SpA socio 76937424-8

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP, abogado, Notario Público de la 40° Notaría Santiago, suplente del titular don Alberto Mozó Aguilar, con oficio ubicado en calle Teatinos N° 332, Comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública de hoy ante mí, don MARCO ANTONIO ENRIQUE JOFRÉ MARÍN, por sí y en representación de: i. La sociedad INVERSIONES SAN MARCO II SpA; ii. La sociedad INVERSIONES ATLANTIS 21 SpA; iii. La sociedad INVERSIONES OCEAN DRIVE LIMITADA; iv. La sociedad SERVICIOS INTEGRALES DE SEGURIDAD SpA; v. La sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES SAN ENRIQUE LIMITADA; y, vi. La sociedad INVERSIONES APOLLO 21 SpA, modificaron la sociedad INMOBILIARIA SAN ENRIQUE TRES SpA, RUT 76.937.424-8, Capital: $14.507.000.000 en los siguientes sentidos: I. Aumento de capital: Se aumentó capital social, de la suma de $14.507.000.000 al total de $19.607.000.000, a través de la emisión de 5.100.000 nuevas acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal y sin privilegios, en la forma indicada en escritura extractada; y, II. Modificación de Estatutos: Se modificó artículos Quinto Permanente y Primero Transitorio, en el siguiente sentido: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de diecinueve mil seiscientos siete millones de pesos, dividido en diecinueve millones seiscientas siete mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal y sin privilegios, el cual se suscribe, paga y pagará en la forma consignada en las disposiciones transitorias del presente estatuto.- Cada accionista dispondrá de un voto por cada acción que posea o represente, pudiendo, en las votaciones que se realicen en la Juntas de Accionistas, acumular sus votos en favor de una misma persona, o distribuirlos en la forma que estime conveniente.- Las acciones podrán pagarse en dinero o en otros bienes.” y “ARTICULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital social ascendente a la suma de diecinueve mil seiscientos siete millones de pesos, dividido en diecinueve millones seiscientas siete mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal y sin privilegios, a que se refiere el Artículo QUINTO de estos Estatutos Sociales, se suscribe y paga por los accionistas comparecientes de la siguiente manera: a) La sociedad INVERSIONES SAN MARCO II SpA, suscribió la cantidad de catorce millones seiscientas sesenta mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal y sin privilegios, equivalente al setenta y cuatro coma siete siete por ciento del capital social, las que pagó y pagará de la siguiente manera: i. Con la suma de nueve mil quinientos sesenta millones de pesos, con anterioridad a esta fecha, ya ingresado a la Sociedad; y, ii. Con la suma de cinco mil cien millones de pesos, que pagará dentro de plazo de un año, en dinero o en otra clase de bienes, en la medida que las necesidades sociales así lo requieren; b) La sociedad INVERSIONES ATLANTIS 21 SpA suscribió la cantidad de un millón seiscientos sesenta y tres mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal y sin privilegios, equivalente al ocho coma cuatro ocho por ciento del capital social, las que pagó con la suma de mil seiscientos sesenta y tres millones de pesos, con anterioridad a esta fecha, ya ingresado a la Sociedad; c) La sociedad INVERSIONES OCEAN DRIVE LIMITADA suscribió la cantidad de quinientas sesenta y tres mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal y sin privilegios, equivalente al dos coma ocho siete por ciento del capital social, las que pagó con la suma de quinientos sesenta y tres millones de pesos, con anterioridad a esta fecha, ya ingresado a la Sociedad; d) La sociedad SERVICIOS INTEGRALES DE SEGURIDAD SpA suscribió la cantidad de ochenta y nueve mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal y sin privilegios, equivalente al cero coma cuatro cinco por ciento del capital social, las que pagó con la suma de ochenta y nueve millones de pesos, con anterioridad a esta fecha, ya ingresado a la Sociedad; e) La sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES SAN ENRIQUE LIMITADA suscribió la cantidad de un millón ciento noventa y dos mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal y sin privilegios, equivalente al seis coma cero ocho por ciento del capital social, las que pagó con la suma de mil ciento noventa y dos millones de pesos, con anterioridad a esta fecha, ya ingresado a la Sociedad; f) La sociedad INVERSIONES APOLLO 21 SpA suscribió la cantidad de trescientas ochenta mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal y sin privilegios, equivalente al uno coma nueve cuatro por ciento del capital social, las que pagó con la suma de trescientos ochenta millones de pesos, con anterioridad a esta fecha, ya ingresado a la Sociedad; y, g) Don MARCO ANTONIO ENRIQUE JOFRÉ MARÍN, en cuanto empresario individual, suscribió la cantidad de un millón sesenta mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal y sin privilegios, equivalente al cinco coma cuatro uno por ciento del capital social, las que pagó con la suma de mil sesenta millones de pesos, con anterioridad a esta fecha, ya ingresado a la Sociedad.” Demás cláusulas constan en escritura extractada. Santiago 26 de Diciembre de 2019. RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP, Notario Público Suplente.