Editorial SM Publishing Chile Limitada
Instrumento
- Fecha
- 29 de noviembre de 2019
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario Suplente 33 Notaría de Santiago, con domicilio en Huérfanos N° 979, oficina N° 501, certifico que por escritura pública de fecha 29 de noviembre del año 2019, Repertorio N°: 27.342-2019, otorgada ante el titular don Iván Torrealba Acevedo, el señor Antonio Ortúzar Vicuña, en representación de Sony/ATV Music Publishing LLC, Ardmore & Beechwood Limited, SM Tunes LLC y de EMI Music Publishing Group International B.V. en su calidad de únicos y actuales socios de Editorial SM Publishing Chile Limitada, sociedad inscrita a fojas 8.999, N° 3.680, Registro de Comercio de Santiago año 1969, acordaron lo siguiente: 1) Ardmore & Beechwood LTD vendió, cedió y transfirió a EMI Music Publishing Group International B.V., quien, compró, aceptó y adquirió para sí, el total de los derechos sociales y participación a cualquier título de que Ardmore & Beechwood LTD es titular en Editorial SM Publishing Chile Limitada, equivalente al 0,002% del interés social. 2) se reemplazó y sustituyó íntegramente el Artículo Quinto de los estatutos sociales, por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de mil quinientos setenta millones novecientos ochenta y ocho mil trescientos seis pesos. El referido capital de la sociedad, se distribuye y se encuentra aportado y pagado por los socios en arcas sociales en dinero efectivo de la siguiente manera: (a) EMI Music Publishing Group International B.V., con la suma de trescientos siete millones trescientos sesenta y tres mil ochocientos sesenta y dos pesos, equivalente al diecinueve coma cinco seis seis por ciento del interés social; (b) Sony/ATV Music Publishing LLC, con la suma de mil doscientos treinta y ocho millones setecientos veinticuatro mil doscientos setenta y nueve pesos, equivalente al setenta y cocho coma ocho cinco por ciento del interés social; y, (c) SM Tunes LLC, con la suma de veinticuatro millones novecientos mil ciento sesenta y cinco pesos, equivalente al uno coma cinco ocho cinco por ciento del interés social.La responsabilidad de cada uno de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones, constan en escritura extractada. Santiago, 8 de enero de 2020.