CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

ARCE LUBIES & COMPAÑIA SpA

RUT 17598667-7 CVE 1716270
Fecha instrumento
10 de enero de 2020
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
10 de enero de 2020
Notario
RENE BENAVENTE CASH
Oficio
45° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá por

Administración

Sin perjuicio de las facultades que corresponden a los accionistas actuando en conjunto o en junta de accionistas, la administración y representación judicial y extrajudicial de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don José Miguel Arce Lubies, cédula nacional de identidad número diecisiete millones quinientos noventa y ocho mil seiscientos sesenta y siete guion siete, quien anteponiendo su firma a la razón social, la representará con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RENE BENAVENTE CASH, Abogado, Notario Público, titular de la 45° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N° 979, 7mo. Piso, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 10 de Enero de 2020, ante mí suplente Joaquín Labbé Donoso, don JOSÉ MIGUEL ARCE LUBIES, chileno, soltero, abogado, cédula de identidad número 17.598.667-7 constituye Sociedad por Acciones. Razón social: El nombre o razón social de la sociedad será "ARCE LUBIES & COMPAÑIA SpA", pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso comerciales, tributarios y bancarios, indistintamente la expresión abreviada de "ARCE LUBIES & CIA". Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, oficinas o sucursales en el resto del país o en el extranjero. Duración: La duración de la Sociedad será indefinida. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) La prestación de servicios de asesoría directa o indirectamente con la consultoría, asesoría y representación judicial y extrajudicial destinada a estos o cualquier otro cometido de asesoría legal o jurídica, y en las más diversas materias o ramas de cualquier especie, ya sean, y sin que la siguiente enumeración se entienda taxativa, sino meramente enunciativa, tributarias, comerciales, civiles, laborales, sindicales, mineras, penales, y en general de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de abogado, ya sea cuenta propia o de terceros, lo que incluirá la representación judicial ante Tribunales ordinarios, especiales, arbitrales y de cualquier otra naturaleza, y ante cualquier otra autoridad administrativa, fiscal, semifiscal, municipal, ministerial, servicios de la administración pública y privada; y en general, cualquier actividad que tenga relación con la asesoría y consultoría jurídica y representación judicial o extra judicial para el logro de dichos cometidos, ya sea personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras. b) La prestación de servicios de consultoría contable, tributaria y administrativa; auditorías financieras, tributarias, administrativas y de gestión; diseño e implementación de sistemas de control interno; organizar y dictar cursos de adiestramiento, capacitación, seminarios y charlas; efectuar consultorías y tomar la representación de otras empresas de auditoría nacionales o extranjeras. c) La prestación de servicios de asesoría y consultoría de carácter comercial, económico, financiero y técnico, entre los cuales estará la realización de todo tipo de informes y estudios, tanto a nivel nacional como internacional. d) La inversión en todo tipo de bienes, ya sean raíces o muebles, corporales o incorporales, por cuenta propia o por cuenta ajena; y, la compra, venta, permuta, arrendamiento, adquisición o enajenación, a cualquier título, de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, como asimismo la explotación y administración de éstos, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o ajena. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad, en especial, podrá participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas. e) Todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con estos cometidos y todos los actos y contratos que los socios estimen convenientes o necesarios para la realización del objeto social y las demás actividades que los socios acuerden. Capital: El capital social asciende a la suma de un millón de pesos, dividido en mil acciones ordinaria, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal que se suscriben, enteran y pagan en la forma indicada en la escritura extractada. Administración y uso de la razón social: Sin perjuicio de las facultades que corresponden a los accionistas actuando en conjunto o en junta de accionistas, la administración y representación judicial y extrajudicial de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don José Miguel Arce Lubies, cédula nacional de identidad número diecisiete millones quinientos noventa y ocho mil seiscientos sesenta y siete guion siete, quien anteponiendo su firma a la razón social, la representará con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 13 de Enero de 2020. RENE BENAVENTE CASH, Notario Público.