MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inmobiliaria e Inversiones Concepción Limitada

RUT 78559910-1 CVE 1715730
Capital
$1.500.000 CLP
Fecha instrumento
3 de diciembre de 2019
Notaría
Santiago señor Patricio Raby Benavente

Instrumento

Fecha
3 de diciembre de 2019
Notario
MARÍA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS
Oficio
Titular de la 5 Notaría de Santiago señor Patricio Raby Benavente
Comuna
Santiago señor Patricio Raby Benavente

Sociedad

Capital
$1.500.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Inmobiliaria e Inversiones Concepción Limitada socio 78559910-1

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS, Abogado, Notario Público suplente del Titular de la 5 Notaría de Santiago señor Patricio Raby Benavente, ambos domiciliados en Av. Gertrudis Echenique N°30, Of. 32, Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 3 de diciembre de 2019, ante el Titular, doña Gladys Inés Samur Ananías, doña Paulina Alejandra Carrasco Samur, doña Lorena Carolina Carrasco Samur, y don Carlos Andrés Carrasco Samur, todos domiciliados para estos efectos en Camino Mirasol N°2229, comuna de Las Condes, Santiago, modificaron Inmobiliaria e Inversiones Concepción Limitada, RUT N° 78.559.910-1, inscrita a fojas 1448, N° 1180 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción del año 1994. Declaran que: El socio Carlos César Carrasco Segura, falleció con fecha 22 de septiembre de 2018, en la ciudad de Santiago. Inscribiéndose su defunción en la circunscripción de Vitacura, N° 544 del año 2018. La Posesión efectiva intestada, se solicitó con fecha 23 de noviembre del 2018, ante el Registro Civil de la oficina de Providencia, Dirección Regional Metropolitana, N° 1767. La cual fue concedida por el Director Regional de la Región Metropolitana de Santiago por Resolución Exenta N° 1953, de fecha 14 de enero del 2019 y fue publicada con fecha 15 de enero del 2019 en el diario electrónico www.cooperativa.cl. Se concedió la posesión efectiva de la herencia intestada quedada al fallecimiento de don Carlos Cesar Carrasco Segura, a sus herederos, su cónyuge sobreviviente, Gladys Inés Samur Ananías, y a sus hijos Paulina Alejandra Carrasco Samur, Lorena Carolina Carrasco Samur, Javiera Andrea Carrasco Samur y Carlos Andrés Carrasco Samur. Con fecha 27 de septiembre del 2019 se emitió certificado de Pago Total de Impuesto a la Herencia N° 237.333. Por escritura pública de fecha 3 de diciembre de 2019, otorgada en la Notaría de Santiago de don Patricio Raby Benavente, se realizó la partición parcial de los bienes quedados al fallecimiento de don Carlos Cesar Carrasco Segura. De esta forma quedaron como socios de Inmobiliaria e Inversiones Concepción Limitada, con un 43,33% doña Gladys Inés Samur Ananías, con un 16,67% doña Paulina Alejandra Carrasco Samur, con un 16,67% doña Lorena Carolina Carrasco Samur, con un 11,67% doña Javiera Andrea Carrasco Samur y con un 11,66% don Carlos Andrés Carrasco Samur. En virtud de lo anterior los únicos socios de Inmobiliaria e Inversiones Concepción Limitada, acordaron: 1) reemplazar las cláusulas CUARTA y QUINTA de los Estatutos Sociales referente a la administración, reemplazándolos por los siguientes: “CUARTO: La administración y uso de la razón social corresponderá, individualmente a doña Gladys Inés Samur Ananías.” “QUINTO: En caso de fallecimiento de la socia administradora, la reemplazará en la administración y uso de la razón social doña Paulina Alejandra Carrasco Samur y doña Lorena Carolina Carrasco Samur quienes deberán actuar conjuntamente y, a falta de ellas, el mandatario común que designe la sucesión de la señora Gladys Inés Samur Ananías.” 2) reemplazar la cláusula SEPTIMA de los Estatutos Sociales referente al capital, reemplazándolo por el siguiente: “SEPTIMO: El capital de la sociedad es la suma de $1.500.000.- que los socios enteran y pagan de la siguiente forma: a) doña Gladys Inés Samur Ananías, con $649.950.- pagados al contado y en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha; b) doña Paulina Alejandra Carrasco Samur, con $250.050.- pagados al contado y en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha; c) doña Lorena Carolina Carrasco Samur, con $250.050.- pagados al contado y en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha; d) doña Javiera Andrea Carrasco Samur, con $175.050.- pagados al contado y en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha; y e) don Carlos Andrés Carrasco Samur, con $174.900.- pagados al contado y en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha. De esta forma el capital social pertenece en un 43,33% a doña Gladys Inés Samur Ananías, en un 16,67% a doña Paulina Alejandra Carrasco Samur, en un 16,67% a doña Lorena Carolina Carrasco Samur, en un 11,67% a doña Javiera Andrea Carrasco Samur y en un 11,66% a don Carlos Andrés Carrasco Samur.” Socios reiteran que limitan su responsabilidad personal por los negocios y obligaciones sociales hasta el monto de sus respectivos aportes. Otros asuntos que no son materia de extracto constan en escritura extractada. Santiago, 21 de enero de 2020. María Virginia Wielandt Covarrubias. Notario.