COMERCIAL KALUONA LIMITADA
Instrumento
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $8.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Titular 7ª Notaría Santiago, Agustinas Nº 1161 Entrepiso, certifica por escritura 7 de Enero de 2.020, ante mí, comparecieron:- doña XIAODAN ZHOU; don JINDA PAN, y, doña AIFENG PAN, todos domiciliados en Avenida Libertador Bernardo Ohiggins N° 2.945, Local 1, Comuna y Ciudad de Santiago; y, Modificaron la sociedad de responsabilidad limitada denominada COMERCIAL KALUONA LIMITADA con nombre de fantasía de KALUONA LTDA, Rut: 76.176.477-2, constituida por escritura pública de fecha 16 de Marzo del año 2.011, suscrita ante la Notario de Santiago doña Maria Soledad Santos Muñoz, un extracto de la misma se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas 15.045, número 11.367, correspondiente al año 2.011, y, se publicó en el Diario Oficial del día 26 de Marzo del año 2.011; Modificada por escritura pública de fecha 28 de Julio del año 2.011, suscrita ante la Notario de Santiago doña Maria Soledad Santos Muñoz, un extracto de la misma se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas 44.159, Número 32.604, correspondiente al año 2.011; El capital social es la suma de $8.000.000; Que dicha empresa no ha sufrido modificación alguna hasta la fecha.- Modificación actual consiste:- a) don JINDA PAN, dueño del 50%, del total del capital, haber e interés social, vende, cede y transfiere, el equivalente al 10%, del total de los derechos sociales a doña AIFENG PAN, quien los compra, acepta y adquiere para sí en la cantidad de $800.000, que se pagan en este acto, al contado y en dinero en efectivo.- En virtud de la presente cesión de derechos, son únicos y exclusivos socios de la sociedad, COMERCIAL KALUONA LIMITADA con nombre de fantasía de KALUONA LTDA, y, dueños del 100%, de los derechos, haber e interés social, doña XIAODAN ZHOU, con 50%; don JINDA PAN, con 40%; y, doña AIFENG PAN, con 10%; En todo lo no modificado expresamente por el presente instrumento, continúa vigente en todo su contexto el primitivo pacto social.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 20 de Enero de 2.020.-