Cobre y Metales SpA
Instrumento
- Fecha
- 30 de diciembre de 2019
- Notario
- Notario Suplente de don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalKARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogado, Notario Suplente de don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular, 36° Notaría de Santiago, con oficio en La concepción 65, piso 2, Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 30 de diciembre de 2019, ante mí, don Franck Yves Lançon, domiciliado en Los Militares 5953, oficina 503, Las Condes, Santiago, por sí y en representación de la sociedad Alpacific Export SpA, domiciliada en Dardignac 141, Recoleta, Santiago; acordó modificar y transformar la sociedad COBRE Y METALES SpA, inscrita a fojas 85153, número 59642 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2012, en los siguientes términos: 1) Modificar el capital social, aumentándolo desde la suma de $100.000.000 dividido en 1.000 acciones, a la suma de $1.000.000.000 dividido en 10.000 acciones, mediante: (a) la capitalización del saldo de utilidades sociales, por la suma de $850.000.000, emitiéndose 8.500 acciones liberadas de pago que son íntegramente suscritas por Franck Yves Lançon; y (b) la emisión de 500 acciones de pago, por la suma de $50.000.000. El accionista Franck Yves Lançon renunció a su derecho de suscripción preferente de las nuevas acciones de pago emitidas conforme a la letra (b) anterior, a fin de que sean suscritas y pagadas en su totalidad por Alpacific Export SpA, quien suscribe y paga las nuevas acciones emitidas en la forma señalada en escritura extractada y declara conocer la normativa legal que regula las sociedades por acciones, el estatuto social de COBRE Y METALES SpA y las protecciones que en ellos puedan existir respecto al interés de los accionistas. A consecuencia de los acuerdos anteriores, se reemplazan los artículo quinto y primero transitorio de los estatutos sociales, quedando del siguiente tenor: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la Sociedad es la cantidad de mil millones de pesos, dividido en diez mil acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, que se suscribe y paga según se expresa en las disposiciones transitorias. Las acciones podrán ser emitidas sin la necesidad de imprimir láminas físicas de dichos títulos.”; y, “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la Sociedad es la cantidad de mil millones de pesos, dividido en diez mil acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal y de una misma serie. El capital se suscribe y paga por los accionistas de la siguiente forma: (Uno) don FRANCK YVES LANÇON suscribió y pagó nueve mil quinientas acciones, mediante: (a) el aporte, con anterioridad a esta fecha, en dinero en efectivo, de dos millones de pesos, (b) la capitalización del saldo de utilidades sociales, con anterioridad a esta fecha, por noventa y ocho millones de pesos, y (c) la capitalización del saldo de utilidades sociales, con esta fecha, por ochocientos cincuenta millones de pesos; y (Dos) ALPACIFIC EXPORT SpA suscribió, con esta fecha, quinientas acciones, las que serán pagadas en un plazo máximo de noventa días a contar de esta fecha, mediante el aporte, en dinero en efectivo, de cincuenta millones de pesos”.; 3) En el mismo acto, se acordó transformar COBRE Y METALES SpA en una sociedad anónima cerrada; y 4) Aprobar los estatutos de COBRE Y METALES S.A., de cuyo tenor se extracta lo siguiente: Razón Social: COBRE Y METALES S.A.; Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: (a) la prestación de todo tipo de servicios y asesorías relativas al rubro de la minería a todo tipo de personas naturales y jurídicas, públicas o privadas; (b) le exploración, extracción, compra, venta, exportación, importación y cualquier forma de explotación comercial de minerales, metales y toda clase de bienes muebles relacionados directa o indirectamente, tales como materias primas, insumos, coproductos y subproductos; (c) el transporte de todos los bienes señalados en el punto anterior; (d) la compra, venta, confección, construcción, arrendamiento, instalación, mantención, reparación, remodelación y toda clase de explotación comercial de inmuebles y equipos relacionados directa o indirectamente a la actividad minera; (e) la representación y toda clase de explotación comercial de marcas comerciales, licencias y patentes; y (f) en general, podrá la Sociedad dedicarse a cualquier negocio, asunto, actividad, comercio, materia, o cuestión relacionada directa o indirectamente con los objetos y propósitos de la misma.; Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que el Directorio pudiera resolver establecer en otras ciudades de Chile o en el extranjero; Duración: La duración de la Sociedad será indefinida; Capital: El capital de la Sociedad asciende a la suma de $1.000.000.000 dividido en 10.000 acciones nominativas, sin valor nominal, cada una de igual valor, íntegramente suscrito y pagado en la forma indicada en escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 20 de enero de 2020.