AUREN SERVICIOS INTEGRALES SpA
Instrumento
- Fecha
- 27 de diciembre de 2019
- Repertorio
- 39029-2019
- Notario
- FÉLIX JARA CADOT
- Oficio
- 41 Notaría
Sociedad
- Capital
- $1.100.000 CLP
Objeto social
La sociedad tiene por
Administración
Será administrada por dos Administradores, pudiendo estos ser o no accionistas, designados y esencialmente revocables por la Junta de Accionistas, mediante acuerdo adoptado por la mayoría absoluta de las acciones con derecho a voto presentes o representadas en la Junta
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Santiago. Acordaron modificar sociedad AUREN SERVICIOS INTEGRALES CHILE SpA | socio | 76877760-8 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFÉLIX JARA CADOT, Notario Público 41 Notaría, Santiago, con oficio en Huérfanos 1160, sub-suelo, Santiago, certifico: por escritura pública de hoy, Repertorio N° 39.029- 2019, ante mí, Mario Enrique Cayupan Epul y Cecilia Nancy Del Carmen Pérez Quiroz, ambos domiciliados en Avenida Andrés Bello Nº 1251, oficina 901, comuna de Providencia, Santiago. Acordaron modificar sociedad AUREN SERVICIOS INTEGRALES CHILE SpA, RUT: 76.877.760-8, inscrita a Fojas: 15.060 N° 11.137 del Registro Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, del año 2007, en siguiente sentido: A) MODIFICACIÓN DE SOCIEDAD: Por el presente instrumento doña Cecilia Nancy del Carmen Pérez Quiroz y don Mario Enrique Cayupán Epul, acuerdan efectuar las siguientes modificaciones a los estatutos sociales: a) Modificar el artículo primero referida a la razón social de la sociedad, quedando de la siguiente manera: “Artículo Primero: Nombre.- El nombre de la sociedad es AUREN SERVICIOS INTEGRALES SpA, pudiendo usar solo para efectos de publicidad, propaganda u operaciones de banco, el nombre de fantasía de AUREN SERVICIOS INTEGRALES; b) Modificar la Administración de la sociedad, la cual será administrada por dos Administradores, pudiendo estos ser o no accionistas, designados y esencialmente revocables por la Junta de Accionistas, mediante acuerdo adoptado por la mayoría absoluta de las acciones con derecho a voto presentes o representadas en la Junta. Demás estipulaciones en escritura extractada; y B) REPACTACIÓN DE ESTATUTOS SOCIALES: Don Mario Enrique Cayupán Epul, y doña Cecilia Nancy del Carmen Pérez Quiroz, ambos domiciliados en Avenida Andrés Bello Nº 1251, oficina 901, comuna de Providencia, Santiago, vienen en fijar los estatutos de la Sociedad por Acciones regida por las disposiciones pertinentes del Título VII del Libro II del Código de Comercio y Código Civil, y especialmente por los siguientes estatutos: Nombre: El nombre de la Sociedad es “AUREN SERVICIOS INTEGRALES SpA”, pudiendo usar solo para efectos de publicidad, propaganda u operaciones de banco, el nombre de fantasía de “AUREN SERVICIOS INTEGRALES”. Objeto: La sociedad tiene por objeto: La asesoría a toda clase de personas, naturales o jurídicas, en las áreas de gestión, planificación y auditoría tributaria; la asesoría en gestión financiera y contable empresarial, pudiendo realizar todo tipo de auditorías a estados financieros y contables; la asesoría laboral y la prestación de servicios administrativos; el desarrollo de programas educativos; y en general, la realización de cualquier negocio o actividad que los accionistas acuerden y que permita un mejor aprovechamiento de la estructura social.- Capital: El capital de la Sociedad será la cantidad de $1.100.000, dividido y representado en 100 acciones nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal, el cual se suscribió y pagó de la siguiente forma: a) Doña Cecilia Nancy del Carmen Pérez Quiroz, ha suscrito 50 acciones, en la suma de $550.000, pagados con anterioridad a esta fecha, en dinero efectivo; y b) Don Mario Enrique Cayupán Epul, ha suscrito 50 acciones, en la suma de $550.000, pagados con anterioridad a esta fecha, en dinero efectivo.- Administración: Será administrada por dos Administradores, pudiendo estos ser o no accionistas, designados y esencialmente revocables por la Junta de Accionistas, mediante acuerdo adoptado por la mayoría absoluta de las acciones con derecho a voto presentes o representadas en la Junta.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 27 diciembre 2019.