INVERSIONES EMERNOVA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 6 de diciembre de 2019
- Notario
- CLAUDIA ALEJANDRA VELÁSQUEZ TRUJILLO
- Domicilio
- Castro
Administración
1) La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a don AQUILINO SUAREZ GONDAR, don ENRIQUE GUILLERMO FERRANDO HANUS y a doña PAOLA ALEJANDRA ROSALES DELGADO, chilena, contadora, soltera, cédula de identidad número 13.120.562-7, domiciliada en calle Profesor Eduardo Cerna número 1023, Villa Nueva Galicia, Castro, quienes actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su respectiva firma, tendrán la representación de la Sociedad ante Organismos Públicos, entendiéndose incorporados los de carácter Municipal, Servicios públicos, Ministerios, Servicio de Impuestos Internos, Inspección del trabajo, lo anterior, atendido al objeto social indicado precedentemente, pudiendo actuar para todos los efectos legales, obligando a la sociedad en toda clase de actos de administración, que digan directa relación con el objeto social, anteponiendo a su firma la razón social de la Sociedad, con las más amplias facultades, conforme escritura extractada. 2) Las facultades expuestas en escritura serán ejercidas por los administradores siguiente forma: A) PAOLA ALEJANDRA ROSALES DELGADO, actuando individualmente, queda facultada para representar a la sociedad “INVERSIONES EMERNOVA LIMITADA”, sólo con las facultades contempladas en las letras x), y) y z) del 1) de esta cláusula. B) AQUILINO SUAREZ GONDAR y ENRIQUE GUILLERMO FERRANDO HANUS, actuando individualmente, quedan facultados para representar a la sociedad “INVERSIONES EMERNOVA LIMITADA”, con todas y cada de las facultades contempladas en el 1) de esta cláusula.” En todo lo que no se modifica, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social. Castro, 20 enero 2020
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCLAUDIA ALEJANDRA VELÁSQUEZ TRUJILLO, Notario Público Castro, Suplente del Titular PEDRO HERNAN LARRERE CASTRO, Gamboa 443, certifico: Por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 06 diciembre 2019, señores AQUILINO SUAREZ GONDAR y ENRIQUE GUILLERMO FERRANDO HANUS, ambos domiciliados sector Nalhuitad sin número, comuna Chonchi, modifican sociedad “INVERSIONES EMERNOVA LIMITADA” o “EMERNOVA LTDA.”, constituida por escritura pública 17 abril 2009 otorgada ante Notario Público de Santiago, don Raúl Undurraga Laso, extracto inscrito a fojas 77 número 66 Registro Comercio Conservador Bienes Raíces Castro, año 2009 y publicado en el Diario Oficial 39.361, de fecha 14 mayo 2009, cuyos únicos socios son: a) AQUILINO SUAREZ GONDAR, con un 50 por ciento derechos sociales, y b) ENRIQUE GUILLERMO FERRANDO HANUS, con un 50 por ciento derechos sociales. Se modifica cláusula quinta relativa a la administración, representación y uso de la razón social, la que pasa a tener el siguiente tenor: “QUINTO: ADMINISTRACIÓN. 1) La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a don AQUILINO SUAREZ GONDAR, don ENRIQUE GUILLERMO FERRANDO HANUS y a doña PAOLA ALEJANDRA ROSALES DELGADO, chilena, contadora, soltera, cédula de identidad número 13.120.562-7, domiciliada en calle Profesor Eduardo Cerna número 1023, Villa Nueva Galicia, Castro, quienes actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su respectiva firma, tendrán la representación de la Sociedad ante Organismos Públicos, entendiéndose incorporados los de carácter Municipal, Servicios públicos, objeto social indicado precedentemente, pudiendo actuar para todos los efectos legales, obligando a la sociedad en toda clase de actos de administración, que digan directa relación con el objeto social, anteponiendo a su firma la razón social de la Sociedad, con las más amplias facultades, conforme escritura extractada. 2) Las facultades expuestas en escritura serán ejercidas por los administradores siguiente forma: A) PAOLA ALEJANDRA ROSALES DELGADO, actuando individualmente, queda facultada para representar a la sociedad “INVERSIONES EMERNOVA LIMITADA”, sólo con las facultades contempladas en las letras x), y) y z) del 1) de esta cláusula. B) AQUILINO SUAREZ GONDAR y ENRIQUE GUILLERMO FERRANDO HANUS, actuando individualmente, quedan facultados para representar a la sociedad “INVERSIONES EMERNOVA LIMITADA”, con todas y cada de las facultades contempladas en el 1) de esta cláusula.” En todo lo que no se modifica, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social. Castro, 20 enero 2020.