MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD COMERCIAL BIKE STORE & SPORT LTDA.

RUT 76756944-0 CVE 1713949
Capital
$50.000.000 CLP
Fecha instrumento
14 de enero de 2020

Instrumento

Fecha
14 de enero de 2020
Repertorio
306-20
Notario
IGOR ANDRES TRINCADO URRA
Domicilio
Punta Arenas

Sociedad

Capital
$50.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IGOR ANDRES TRINCADO URRA, Abogado, Notario Público de Punta Arenas, 21 de Mayo 1123, CERTIFICA: por escritura pública de fecha 14 enero 2020, repertorio 306-20, JUAN PABLO JUDIKIS GALLARDO, domiciliado en calle Eusebio Pizarro número ochenta y cuatro, Punta Arenas; don GIAN MARIO MARGONI ALTAMIRANO y doña MARISA ALEJANDRA MOHAMED, ambos domiciliados en calle Ernesto Riquelme número setenta y nueve, Punta Arenas y doña MARIA DEL CARMEN GALLARDO OJEDA, con domicilio en calle Eusebio Pizarro número ochenta y cuatro, Punta Arenas, resciliaron contrato de cesión de derechos sociales y modificación de “SOCIEDAD COMERCIAL BIKE STORE & SPORT LTDA.”, RUT 76.756.944-0, Capital $50.000.000, de fecha veinticinco de julio de dos mil dieciocho, sólo respecto de la cesión de derechos sociales efectuada por don Gian Mario Margoni Altamirano a doña Marisa Alejandra Mohamed, dejando sin efecto la citada cesión motivada por lo establecido en el artículo mil setecientos noventa y seis del Código Civil. En todo lo demás, queda afirme lo establecido en el texto de la escritura pública de fecha veinticinco de junio de dos mil dieciocho. Como consecuencia de la resciliación parcial efectuada, la sociedad queda conformada por a) Juan Pablo Judikis Gallardo con un sesenta por ciento de participación social; b) Don Gian Mario Margoni Altamirano con un diez por ciento de participación social, y c) Doña Marisa Alejandra Mohamed con un treinta por ciento de participación social. GIAN MARIO MARGONI ALTAMIRANO, cede y transfiere, el NUEVE POR CIENTO de su participación en los derechos sociales a don JUAN PABLO JUDIKIS GALLARDO. GIAN MARIO MARGONI ALTAMIRANO, cede un UNO POR CIENTO de su participación social a doña MARIA DEL CARMEN GALLARDO OJEDA. MARISA ALEJANDRA MOHAMED, cede y transfiere el TREINTA POR CIENTO de su participación social a don JUAN PABLO JUDIKIS GALLARDO. Como consecuencia de la cesión de derechos antes referida, la sociedad queda formada de la siguiente forma: por don JUAN PABLO JUDIKIS GALLARDO con un NOVENTA Y NUEVE por ciento de los derechos sociales y doña MARIA DEL CARMEN GALLARDO OJEDA con un UNO por ciento de los derechos sociales, quienes administrarán la sociedad, en forma conjunta, indistinta o separada, anteponiendo la razón social a sus firmas, con las mismas facultades y limitaciones contempladas en la cláusula cuarta del pacto social constitutivo. Se modifica la cláusula cuarta del pacto social en el sentido que la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a cualquiera de los socios, quienes, actuando, conjunta, indistinta o separadamente por la sociedad y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán y obligarán en toda clase de actos jurídicos. PUNTA ARENAS, ENERO 17 DE 2020.