MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES Y ASESORÍAS RISAN LIMITADA

RUT 78729400-6 CVE 1713945
Capital
$3.833.194 CLP
Fecha instrumento
8 de enero de 2020
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
8 de enero de 2020
Notario
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
Oficio
Trigésima Cuarta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$3.833.194 CLP
Domicilio
Su domicilio legal será la ciudad de Santiago de Chile
Duración
Indefinida
Ley aplicable
Ley 18.046

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto la inversión, utilizando recursos propios o de terceros, en toda clase de bienes corporales o incorporales, sean estos muebles o inmuebles, valores mobiliarios y de derechos sociales; y la participación, promoción y desarrollo de actividades inmobiliarias y, en general, la ejecución de todas las actividades conducentes a la realización de los fines antes mencionados. Para estos efectos, podrá: /a) Comprar, administrar y vender toda clase de bienes raíces y muebles, explotarlos, remodelarlos, constituir gravámenes y derechos sobre ellos, ampliarlos, mejorarlos, decorarlos y modificarlos o alterarlos de cualquier otra forma en su estructura o estado; /b) Inversión de capitales, en toda clase de bienes corporales o incorporales, sean estos muebles o inmuebles; Inversión nacional o extranjera c) Constituir sociedades de cualquier clase, naturaleza, objeto o nacionalidad, comunidades, administradoras de fondos y otros vehículos de inversión y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquellas de que forme parte; d) Comprar, vender y comercializar derechos en sociedades, acciones, efectos de comercio, valores negociables y todo tipo de instrumentos financieros, monedas, divisas e invertir en otras operaciones de crédito de dinero, así como en instrumentos derivados que no tuvieren el anterior carácter; /e) Dar en cesión temporal a cualquier título los bienes muebles o raíces que posea; /f) Prestar toda clase de asesorías financieras, comerciales, jurídicas, contables, de inversión y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ámbito financiero y legal, pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con esta actividad; /g) Administrar los fondos de la operación del giro y de las inversiones y asesorías realizadas y distribuir los frutos obtenidos con tal que sea necesario para el perfeccionamiento de los objetivos precedentemente indicados; /h) Percibir las rentas y frutos naturales y civiles de esas inversiones y su administración, así como la promoción, organización, construcción, desarrollo y participación de todo tipo de negocios inmobiliarios; y i) En general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la Sociedad sin limitaciones de especie alguna

Administración

La administración de la Sociedad y el uso de la razón corresponderá al Administrador, don RICARDO ANDRÉS SANTANDER DUCH, también denominado “El Administrador”, quien podrá actuar con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes que el Artículo Cuarenta de la Ley dieciocho mil cuarenta y seis otorga al directorio de una sociedad anónima y las ejercerá personalmente, a través de su mandatario habitual o a través de aquellos mandatarios que designe especialmente para tal efecto, y)o en caso de que la Junta de Accionistas lo determine en sesión especialmente convocada al efecto, con el voto favorable de la mayoría absoluta de las acciones válidamente emitidas con derecho a voto, por un Directorio

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular de la Trigésima Cuarta Notaría de Santiago, calle Luis Thayer Ojeda N°359, comuna de Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 08 de enero de 2020, ante mí: RICARDO ANDRÉS SANTANDER DUCH, cédula nacional de identidad número 6.925.428-4, por sí y en representación de EUGENIO FERNANDO SANTANDER ESCOBAR, cédula nacional de identidad número 1.707.117-3; DIEGO JOSÉ SANTANDER RIVERO, cédula de identidad número 17.402.781-1; TRINIDAD PAZ SANTANDER RIVERO, cédula nacional de identidad número 18.021.527-1; y doña DANIELA FERNANDA SANTANDER RIVERO, cédula nacional de identidad número 18.935.053-8; Todos domiciliados para estos efectos en Avenida la Dehesa número 1939, oficina 207, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; modificaron y transformaron la sociedad “INVERSIONES Y ASESORÍAS RISAN LIMITADA”. Socios: Don RICARDO ANDRÉS SANTANDER DUCH, con un 83% de los derechos sociales, don EUGENIO FERNANDO SANTANDER ESCOBAR, con un 2% de los derechos sociales, don DIEGO JOSÉ SANTANDER RIVERO, con un 5% de los derechos sociales, doña TRINIDAD PAZ SANTANDER RIVERO, con un 5% de los derechos sociales y doña DANIELA FERNANDA SANTANDER RIVERO con un 5% de los derechos sociales. Cesión de derechos: EUGENIO FERNANDO SANTANDER ESCOBAR, debidamente representado por don RICARDO ANDRÉS SANTANDER DUCH, vende, cede y transfiere, con el expreso consentimiento de sus consocios la totalidad de sus derechos y haberes sociales en “INVERSIONES Y ASESORÍAS RISAN LIMITADA”, que alcanzan un 2% de los derechos sociales a don RICARDO ANDRÉS SANTANDER DUCH, quien compra y acepta para sí, por la suma total de $76.663 pesos, que paga en este acto, en dinero efectivo y el vendedor, debidamente representado, declara recibir dicha cantidad a su entera satisfacción; Finiquito: De conformidad a lo expuesto precedentemente, los únicos y actuales socios de “INVERSIONES Y ASESORÍAS RISAN LIMITADA”, pasan a ser: Uno/ Don RICARDO ANDRÉS SANTANDER DUCH, con un 85% de los derechos sociales; Dos/ Don DIEGO JOSÉ SANTANDER RIVERO, con un 5% de los derechos sociales; Tres/ Doña TRINIDAD PAZ SANTANDER RIVERO, con un 5% de los derechos sociales; y Cuatro/ Doña DANIELA FERNANDA SANTANDER RIVERO, con un 5% de los derechos sociales. Transformación de la Sociedad. Los actuales y únicos socios de INVERSIONES Y ASESORÍAS RISAN LIMITADA, acordaron transformar de una Sociedad de Responsabilidad Limitada en una Sociedad por Acciones, cuya razón social será: “INVERSIONES RISAN SpA”, en los términos establecidos en los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio y supletoriamente por lo dispuesto en la Ley 18.046, sobre Sociedades Anónimas y sus posteriores modificaciones, las disposiciones generales del Código de Comercio y del Código Civil, que versen sobre la materia; y en especial por los siguientes Estatutos, los cuales se detallan a continuación: NOMBRE. El nombre o razón social es “INVERSIONES RISAN SpA”. DOMICILIO. Su domicilio legal será la ciudad de Santiago de Chile, sin perjuicio de las agencias o sucursales que el Administrador de la Sociedad decida establecer en otros lugares, dentro o fuera del país. DURACIÓN. La duración de la Sociedad será indefinida. OBJETO. La Sociedad tendrá por objeto la inversión, utilizando recursos propios o de terceros, en toda clase de bienes corporales o incorporales, sean estos muebles o inmuebles, valores mobiliarios y de derechos sociales; y la participación, promoción y desarrollo de actividades inmobiliarias y, en general, la ejecución de todas las actividades conducentes a la realización de los fines antes mencionados. Para estos efectos, podrá: /a/ Comprar, administrar y vender toda clase de bienes raíces y muebles, explotarlos, remodelarlos, constituir gravámenes y derechos sobre ellos, ampliarlos, mejorarlos, decorarlos y modificarlos o alterarlos de cualquier otra forma en su estructura o estado; /b/ Inversión de capitales, en toda clase de bienes corporales o incorporales, sean estos muebles o inmuebles; Inversión nacional o extranjera c) Constituir sociedades de cualquier clase, naturaleza, objeto o nacionalidad, comunidades, administradoras de fondos y otros vehículos de inversión y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquellas de que forme parte; d) Comprar, vender y comercializar derechos en sociedades, acciones, efectos de comercio, valores negociables y todo tipo de instrumentos financieros, monedas, divisas e invertir en otras operaciones de crédito de dinero, así como en instrumentos derivados que no tuvieren el anterior carácter; /e/ Dar en cesión temporal a cualquier título los bienes muebles o raíces que posea; /f/ Prestar toda clase de asesorías financieras, comerciales, jurídicas, contables, de inversión y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ámbito financiero y legal, pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con esta actividad; /g/ Administrar los fondos de la operación del giro y de las inversiones y asesorías realizadas y distribuir los frutos obtenidos con tal que sea necesario para el perfeccionamiento de los objetivos precedentemente indicados; /h/ Percibir las rentas y frutos naturales y civiles de esas inversiones y su administración, así como la promoción, organización, construcción, desarrollo y participación de todo tipo de negocios inmobiliarios; y i) En general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la Sociedad sin limitaciones de especie alguna.- CAPITAL: El capital de la Sociedad es la suma de $3.833.194 PESOS, dividido en cien acciones, todas nominativas, de igual valor y sin valor nominal, el cual se encuentra íntegramente suscrito, pagado y revalorizado de la sociedad “INVERSIONES Y ASESORÍAS RISAN LIMITADA”, que antecede a esta sociedad, valorizado el cien por ciento de los derechos sociales en la suma total de tres millones ochocientos treinta y tres mil ciento noventa y cuatro pesos, según Balance General del año comercial dos mil dieciocho correspondiente al año tributario dos mil diecinueve, capital revalorizado desde la constitución, de la Sociedad a la fecha, de la siguiente manera: Don RICARDO ANDRÉS SANTANDER DUCH, suscribe y paga ochenta y cinco acciones, las que se enteran y pagan en este acto, por un valor correspondiente a la suma total de tres millones doscientos cincuenta y ocho mil doscientos catorce pesos del capital social, declarando la sociedad “INVERSIONES RISAN SpA” recibir a su entera satisfacción; Don DIEGO JOSÉ SANTANDER RIVERO, suscribe y paga cinco acciones, quien entera y paga en este acto, por un valor de ciento noventa y un mil seiscientos sesenta pesos del capital social, declarando la sociedad “INVERSIONES RISAN SpA”, recibir a su entera satisfacción; Doña TRINIDAD PAZ SANTANDER RIVERO, suscribe y paga cinco acciones, quien entera y paga en este acto, por un valor de ciento noventa y un mil seiscientos sesenta pesos del capital social, declarando la sociedad “INVERSIONES RISAN SpA” recibir a su entera satisfacción; y doña DANIELA FERNANDA SANTANDER RIVERO, suscribe y paga cinco acciones, quien entera y paga en este acto, por un valor de ciento noventa y un mil seiscientos sesenta pesos del capital social, declarando la sociedad “INVERSIONES RISAN SpA” recibir a su entera satisfacción. Atendido lo anterior, el capital social es de la suma total de tres millones ochocientos treinta y tres mil ciento noventa y cuatro pesos, dividido en cien acciones, todas nominativas de igual valor y sin valor nominal, que ha quedado íntegramente suscrito y pagado. El entero del capital social tiene su origen en el capital pagado y revalorizado de la sociedad “INVERSIONES Y ASESORÍAS RISAN LIMITADA”, que antecede a esta sociedad, valorizado el cien por ciento de los derechos sociales en la suma total de tres millones ochocientos treinta y tres mil ciento noventa y cuatro pesos, según Balance General del año comercial dos mil dieciocho correspondiente al año tributario dos mil diecinueve, capital revalorizado desde la constitución de la Sociedad a la fecha. Así, el capital social ha quedado íntegramente suscrito y pagado.- ADMINISTRACIÓN. La administración de la Sociedad y el uso de la razón corresponderá al Administrador, don RICARDO ANDRÉS SANTANDER DUCH, también denominado “El Administrador”, quien podrá actuar con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes que el Artículo Cuarenta de la Ley dieciocho mil cuarenta y seis otorga al directorio de una sociedad anónima y las ejercerá personalmente, a través de su mandatario habitual o a través de aquellos mandatarios que designe especialmente para tal efecto, y/o en caso de que la Junta de Accionistas lo determine en sesión especialmente convocada al efecto, con el voto favorable de la mayoría absoluta de las acciones válidamente emitidas con derecho a voto, por un Directorio. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 13 de enero de 2020.