INMOBILIARIA FLORIDITA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 3 de diciembre de 2019
- Notario
- RAMÓN GARCÍA CARRASCO
- Domicilio
- Concepción
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRAMÓN GARCÍA CARRASCO, Notario Público Titular de Concepción, con domicilio en calle Rengo número 444 de esta ciudad, certifica: Por escritura pública de fecha 03-12-2019, ante mí, don JOSE GERMAN AGUILERA HAFNER, doña LERIA YOHANNA MANBRAN ARROYO, don FELIPE EDUARDO AXEL MANBRAN MANBRAN, doña FERNANDA JOSE AGUILERA MANBRAN, todos domiciliados en Calle diez casa trescientos ochenta y uno, Lomas de San Andrés, comuna de Concepción; doña MARIA VALENTINA AGUILERA BOURNÁS, domiciliada en Los Castaños mil quinientos cuarenta y uno, departamento cuarenta y cuatro, comuna de Concepción; doña MARÍA - FRANCISCA AGUILERA BOURNÁS, domiciliada en Dalcahue mil ciento ochenta, departamento trescientos uno, Torre Oriente, comuna de San Pedro de la Paz; doña MARIA IGNACIA AGUILERA BOURNÁS, domiciliada en Antilhue doscientos seis, departamento doscientos doce, Torre Dos A, Lonco Parque, comuna de Chiguayante; constituyen sociedad de responsabilidad limitada, cuya razón social será “INMOBILIARIA FLORIDITA LIMITADA”, con el nombre de fantasía “INMOBILIARIA FLORIDITA LTDA.”. El domicilio social será la ciudad de Concepción, sin perjuicio de establecer sucursales o agencias a lo largo del país o extranjero. El giro u objeto social será el arriendo, administración, explotación, compra, venta, usufructo, leasing, leaseback y toda forma de gestión y comercialización de bienes inmuebles. Todo ello sin perjuicio de las demás actividades directamente relacionadas con el giro enunciado y que acuerden los socios. La administración representación y uso de la razón social corresponderá a los socios JOSE GERMAN AGUILERA HAFNER y LERIA YOHANNA MANBRAN ARROYO, quienes deberán actuar conjuntamente y obrando de ese modo y anteponiendo la razón social a su firma, dispondrán de las más amplias facultades indicadas en escritura. El capital social es la suma de siete millones de pesos que aportan los socios de la siguiente manera. Uno. El socio JOSE GERMAN AGUILERA HAFNER, aporta la suma de $1.000.000.- Dos. La socia LERIA YOHANNA MANBRAN ARROYO, aporta la suma de $1.000.000.- Tres. El socio FELIPE EDUARDO AXEL MANBRAN MANBRAN, aporta la suma de $1.000.000.- Cuatro. La socia FERNANDA JOSE AGUILERA MANBRAN, aporta la suma de $1.000.000.- Cinco. La socia MARIA VALENTINA AGUILERA BOURNÁS, aporta la suma de $1.000.000.- Seis. La socia MARÍA - FRANCISCA AGUILERA BOURNÁS, aporta la suma de $1.000.000.- la que paga en este acto al contado y en dinero efectivo, ingresados en caja social. Siete. La socia MARIA IGNACIA AGUILERA BOURNÁS, aporta la suma de $1.000.000.- Todos los aportes pagados en el acto al contado y en dinero efectivo, ingresados en caja social íntegramente. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. La duración de la sociedad será de 10 años contados desde la fecha de escritura. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Concepción, enero 17 de 2020.