ADMINISTRADORA DE EMPRESAS Y CRISIS SpA
Instrumento
- Fecha
- 14 de enero de 2020
- Notario
- VALERIA RONCHERA FLORES
- Oficio
- 10ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio legal de la sociedad será la ciudad de Temuco, Región de la Araucanía
- Duración
- La sociedad tendrá una duración de cinco años a contar de esta fecha, prorrogables tácita y sucesivamente por períodos iguales
Objeto social
El objeto de la sociedad será: Prestación de servicios en la administración de empresas, pago proveedores, control de costos, recursos humanos, análisis financiero, ejecución de cuentas de pago con cargo al cliente y todos los demás asociados a la empresa, pudiendo contratar asesorías destinadas a evaluar la continuidad de operaciones o la liquidación de sociedades por la Ley veinte mil setecientos veinte
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVALERIA RONCHERA FLORES, abogado, Notario Público titular de la 10ª Notaría de Santiago, con oficio en Agustinas 1235, local 2, 1° y 2° piso. CERTIFICO: Que por escritura pública de 14/01/2020, ante mí: don ENRIQUE ANTONIO RODRÍGUEZ MARTÍNEZ, empresario, C.I.N°9.252.753-0, domiciliado en Agustinas número mil trescientos cincuenta y siete, oficina sesenta y cuatro, comuna de Santiago, Región Metropolitana; constituyó sociedad por acciones denominada “ADMINISTRADORA DE EMPRESAS Y CRISIS SpA.”, con nombre de fantasía RESCATE EMPRESAS SpA. Duración: La sociedad tendrá una duración de cinco años a contar de esta fecha, prorrogables tácita y sucesivamente por períodos iguales. Domicilio: El domicilio legal de la sociedad será la ciudad de Temuco, Región de la Araucanía, sin perjuicio de las agencias, sucursales o representaciones que los Accionistas acuerden establecer, en el país o en el extranjero. Objeto Social: El objeto de la sociedad será: Prestación de servicios en la administración de empresas, pago proveedores, control de costos, recursos humanos, análisis financiero, ejecución de cuentas de pago con cargo al cliente y todos los demás asociados a la empresa, pudiendo contratar asesorías destinadas a evaluar la continuidad de operaciones o la liquidación de sociedades por la Ley veinte mil setecientos veinte. Capital: El capital de la sociedad será un millón de pesos, dividido en mil acciones sin valor nominal, que se suscribe y paga en este acto. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 14 de enero de 2020.