MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

SERVICIOS A LA MINERIA E INDUSTRIALES T-METAL, SOCIEDAD POR ACCIONES

RUT 76010685-2 CVE 1713674
Fecha instrumento
14 de enero de 2020
Notaría
Antofagasta

Instrumento

Fecha
14 de enero de 2020
Notario
NICOLAS ARRIETA CONCHA
Oficio
Sexta Notaría de Antofagasta
Comuna
Antofagasta

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

NICOLAS ARRIETA CONCHA, Notario Público Titular de la Sexta Notaría de Antofagasta, calle Prat N°470, local 3, Certifica: por escritura pública otorgada hoy, ante mí, don CLAUDIO ENRIQUE CARRASCO ARACENA, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad N° 10.028.484-7, en representación de la empresa “SERVICIOS A LA MINERIA E INDUSTRIALES T-METAL, SOCIEDAD POR ACCIONES” y/o “T-METAL S.p.A”, RUT N° 76.010.685-2, ambos domiciliados para estos efectos en Orella N° 610 oficina 502, de la comuna y ciudad de Antofagasta, quien suscribió escritura de “SANEAMIENTO DE SOCIEDAD por ACCIONES”.- El objeto de esta escritura es sanear los vicios de forma quedados en la escritura pública de fecha veintidós de junio de dos mil dieciséis, suscrita en la Sexta Notaría de Antofagasta de la entonces titular; doña MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, denominada “MODIFICACIÓN Y TRANSFORMACIÓN” DE “SERVICIOS A LA MINERÍA E INDUSTRIALES TMETAL LIMITADA” Y/O “TMETAL LIMITADA” A “SERVICIOS A LA MINERÍA E INDUSTRIALES T-METAL, SOCIEDAD POR ACCIONES” Y/O “T-METAL S.p.A”.- Dado lo anterior, el objeto a sanear por la presente escritura es el contenido íntegro de la escritura citada en la cláusula primera, en el siguiente sentido: uno).- Su epígrafe de enunciado en la parte superior de su escritura de “MODIFICACIÓN Y TRANSFORMACIÓN”, en donde se individualiza a la Sociedad por Acciones con los siguientes nombres: “SERVICIOS A LA MINERÍA E INDUSTRIALES T-METAL, SOCIEDAD POR ACCIONES” Y/O “T-METAL S.p.A”. Debiendo ser su correcto enunciado y nuevo contenido: “SERVICIOS A LA MINERÍA E INDUSTRIALES T-METAL S.p.A” y/o “T-METAL S.p.A” nombre y razón social de origen y que de su acta de constitución y en su CLÁUSULA QUINTA. TITULO PRIMERO. ARTICULO PRIMERO, debe considerarse como únicos nombres y razones y sanearse en todos su extractos.- Demás estipulaciones escritura extractada. Antofagasta, 14 de Enero de 2020.