Instrumento
- Fecha
- 3 de enero de 2020
- Repertorio
- 105-2020
- Notario
- RAMON GARCIA CARRASCO
- Domicilio
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $10.000 CLP
- Domicilio
- Concepción
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a) Realizar actividades de inversión en bienes inmuebles, corporales o incorporales, urbanos o rurales. Realizar actividades de inversión en bienes muebles incorporales, como acciones, bonos, debentures, derechos en sociedades de personas, pagarés, letras de cambio, certificados de depósito, documentos negociables y valores mobiliarios y efectos de comercio en general, sean emitidos por el Estado, por instituciones públicas o por entidades o sociedades privadas, nacionales o extranjeras; b) Importar, exportar, distribuir, comercializar lo que implica comprar vender todo tipo de bienes, dedicarse a las consignaciones y representaciones, de toda clase de bienes; podrá en definitiva, realizar toda otra actividad que tenga relación con las anteriores y que los accionistas acuerden. Para la consecución de sus fines, la sociedad podrá actuar por su propia cuenta o en acuerdos con terceros
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRAMON GARCIA CARRASCO, Notario Público Titular de Concepción, domiciliado en Rengo 444 de esta ciudad, certifico: Por escritura pública de fecha 03 de enero de 2020, otorgada ante mí, Repertorio 105-2020, compareció, MÁXIMO ALFONSO LIRA DIAZ, contador auditor, domiciliado en Avenida O’Higgins 770, oficina 31, Concepción, y constituyó una sociedad por acciones ( SpA); Razón social: “INMOBILIARIA PAICAVI SpA”. Domicilio. Concepción, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: a) Realizar actividades de inversión en bienes inmuebles, corporales o incorporales, urbanos o rurales. Realizar actividades de inversión en bienes muebles incorporales, como acciones, bonos, debentures, derechos en sociedades de personas, pagarés, letras de cambio, certificados de depósito, documentos negociables y valores mobiliarios y efectos de comercio en general, sean emitidos por el Estado, por instituciones públicas o por entidades o sociedades privadas, nacionales o extranjeras; b) Importar, exportar, distribuir, comercializar lo que implica comprar vender todo tipo de bienes, dedicarse a las consignaciones y representaciones, de toda clase de bienes; podrá en definitiva, realizar toda otra actividad que tenga relación con las anteriores y que los accionistas acuerden. Para la consecución de sus fines, la sociedad podrá actuar por su propia cuenta o en acuerdos con terceros. Capital: $10.000.000 dividido y representado en 10.000 nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal, todas las cuales son suscritas y pagadas en dinero efectivo, en el acto de constitución por el accionista constituyente. Demás estipulaciones en escritura extractada. Concepción, enero 16 de 2020.