Administradora Arco SpA
Instrumento
- Fecha
- 27 de diciembre de 2019
- Notario
- MARGARITA MORENO ZAMORANO
- Oficio
- 27 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
El objeto de la Sociedad será la prestación de servicios de administración, mandato, gerenciamiento, gestión de operación y mantenimiento, incluyendo la prestación de servicios profesionales y técnicos, en cualquier forma y a cualquier título, ya sea directamente o a través de su inversión en otras sociedades nacionales o extranjeras. Para el desarrollo de su objeto, la Sociedad podrá: a) solicitar permisos, autorizaciones y franquicias para preservar, promover o desarrollar sus actividades; b) comprar, vender, importar, exportar, elaborar, producir, comercializar y distribuir bienes o insumos relacionados con la generación y distribución de energía eléctrica; c) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones, por cuenta propia o con terceros, relativo a todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y)o administración que digan relación con el objeto principal; d) suscribir contratos de trabajo, prestación de servicios y honorarios; y e) en general, realizar todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas a su giro, pudiendo, para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, ejecutar toda clase de actos comerciales y jurídicos de cualquier naturaleza autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social, incluyendo la contratación de préstamos u otras formas de financiamiento que se estimen necesarios para el desarrollo de sus actividades. La Sociedad solamente podrá prestar los servicios mencionados a aquellas entidades que formen parte del mismo holding o grupo empresarial al que ella pertenece, es decir, al Grupo de Empresas Arroyo Energy, encontrándose expresamente prohibido ofrecer los mismos servicios al mercado así como también, prestarlos a empresas que no cumplan con dicha característica
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARGARITA MORENO ZAMORANO, Notario Público Interino, 27 Notaría de Santiago, Orrego Luco número 0153, Providencia, certifico: por escritura de 27 de diciembre de 2019, ante mí, Arco Chile Holdings SpA, único accionista y titular del 100% de las acciones de Administradora Arco SpA, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 23.648, Nº 16.620 del año 2012, modifican, el Artículo Cuarto del estatuto social, reemplazándolo por el siguiente: "ARTICULO CUARTO. Objeto. El objeto de la Sociedad será la prestación de servicios de administración, mandato, gerenciamiento, gestión de operación y mantenimiento, incluyendo la prestación de servicios profesionales y técnicos, en cualquier forma y a cualquier título, ya sea directamente o a través de su inversión en otras sociedades nacionales o extranjeras. Para el desarrollo de su objeto, la Sociedad podrá: a) solicitar permisos, autorizaciones y franquicias para preservar, promover o desarrollar sus actividades; b) comprar, vender, importar, exportar, elaborar, producir, comercializar y distribuir bienes o insumos relacionados con la generación y distribución de energía eléctrica; c) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones, por cuenta propia o con terceros, relativo a todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración que digan relación con el objeto principal; d) suscribir contratos de trabajo, prestación de servicios y honorarios; y e) en general, realizar todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas a su giro, pudiendo, para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, ejecutar toda clase de actos comerciales y jurídicos de cualquier naturaleza autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social, incluyendo la contratación de préstamos u otras formas de financiamiento que se estimen necesarios para el desarrollo de sus actividades. La Sociedad solamente podrá prestar los servicios mencionados a aquellas entidades que formen parte del mismo holding o grupo empresarial al que ella pertenece, es decir, al Grupo de Empresas Arroyo Energy, encontrándose expresamente prohibido ofrecer los mismos servicios al mercado así como también, prestarlos a empresas que no cumplan con dicha característica. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 27 de diciembre de 2019.