INVERSIONES ANCAR LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de diciembre de 2019
- Repertorio
- 10126-2019
- Notario
- VALERIA RONCHERA FLORES
- Oficio
- 10° Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio social será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- La Sociedad tendrá una duración de 30 años. Sin embargo, se prorrogará tácitamente por períodos sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios, con no menos de 3 meses de anticipación al vencimiento respectivo, manifieste su voluntad de no prorrogarla, mediante declaración hecha por escritura pública y anotada en el Registro de Comercio de Santiago, al margen de la inscripción social, todo lo cual debe verificarse con no menos de tres meses de anticipación al vencimiento respectivo
Objeto social
a) La inversión, con fines rentísticos, en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, tales como efectos de comercio, acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en fondos mutuos, y en toda clase de títulos de crédito o valores mobiliarios, ya sea en Chile o en el extranjero, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos o rentas; b) La participación en toda clase de sociedades, chilenas o extranjeras, civiles o comerciales, ya sean colectivas, en comandita, anónimas o de responsabilidad limitada y cualquiera sea su objeto, para desarrollar los negocios a que se dedican estas sociedades o en las que ellas participan, y en todo tipo de comunidades o asociaciones; c) La prestación de asesorías en materias inmobiliarias, administrativas, de gestión, financieras, de inversiones, o de cualquier otra clase; y d) En general, todo otro acto o negocio de naturaleza civil que los socios acuerden
Administración
La administración y representación de la Sociedad, y el uso la razón social, a doña Margarita María Andrighetti Cifuentes, con las más amplias facultades señaladas en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVALERIA RONCHERA FLORES, Notario Público Titular de la 10° Notaría Santiago, Agustinas N° 1235, Local 2, Piso 1 y 2, Santiago, certifico: Por escritura pública fecha 27 de Diciembre de 2019, Repertorio Nº 10.126-2019 y rectificada por escritura fecha 9 de enero de 2020, repertorio N° 217-2020, otorgadas ante mí suplente JOSE MANUEL CIFUENTES GUERRA; doña Margarita María Andrighetti Cifuentes, don Patricio Carlos Cardemil Gálvez, por sí, y en representación, de doña María de los Ángeles Cardemil Andrighetti, doña Magdalena Sofía Cardemil Andrighetti, don Felipe José Cardemil Andrighetti, y doña Isabel Margarita Cardemil Andrighetti, todos domiciliados en Camino El Alba N° 9500, Torre B, oficina N° 418, Las Condes, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada: Razón Social: “INVERSIONES ANCAR LIMITADA", pudiendo usar para todos los efectos legales, bancarios, publicitarios, ante el fisco y, en general, en cualquier gestión ante terceros, la abreviación "INVERSIONES ANCAR LTDA.". Domicilio: El domicilio social será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se establezcan en el resto del país o en el extranjero. Objeto: a) La inversión, con fines rentísticos, en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, tales como efectos de comercio, acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en fondos mutuos, y en toda clase de títulos de crédito o valores mobiliarios, ya sea en Chile o en el extranjero, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos o rentas; b) La participación en toda clase de sociedades, chilenas o extranjeras, civiles o comerciales, ya sean colectivas, en comandita, anónimas o de responsabilidad limitada y cualquiera sea su objeto, para desarrollar los negocios a que se dedican estas sociedades o en las que ellas participan, y en todo tipo de comunidades o asociaciones; c) La prestación de asesorías en materias inmobiliarias, administrativas, de gestión, financieras, de inversiones, o de cualquier otra clase; y d) En general, todo otro acto o negocio de naturaleza civil que los socios acuerden. Duración: La Sociedad tendrá una duración de 30 años. Sin embargo, se prorrogará tácitamente por períodos sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios, con no menos de 3 meses de anticipación al vencimiento respectivo, manifieste su voluntad de no prorrogarla, mediante declaración hecha por escritura pública y anotada en el Registro de Comercio de Santiago, al margen de la inscripción social, todo lo cual debe verificarse con no menos de tres meses de anticipación al vencimiento respectivo. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $10.000.000 que los socios aportan siguiente forma: i) Don Felipe José Cardemil Andrighetti aporta en este acto y en dinero efectivo la suma de $1.250.000, lo que equivale a un 12,5% de los derechos sociales; ii) Doña Isabel Margarita Cardemil Andrighetti, aporta en este acto y en dinero efectivo la suma de $1.250.000, lo que equivale a un 12,5% de los derechos sociales; iii) Doña María de los Ángeles Cardemil Andrighetti, debidamente representada, aporta en este acto y en dinero efectivo la suma de $1.250.000, lo que equivale a un 12,5% de los derechos sociales; iv) Doña Magdalena Sofía Cardemil Andrighetti, aporta en este acto y en dinero efectivo la suma de $1.250.000, lo que equivale a un 12,5% de los derechos sociales; v) Doña Margarita María Andrighetti Cifuentes, don Patricio Carlos Cardemil Gálvez, y don Felipe José Cardemil Andrighetti aportan en conjunto, en este acto y en dinero efectivo, la suma de $1.200.000, en proporción de un 60% don Felipe José Cardemil Andrighetti y de un 40% doña Margarita María Andrighetti Cifuentes y don Patricio Carlos Cardemil Gálvez, lo que equivale a un 12% de los derechos sociales, derechos que pertenecen en nuda propiedad a don Felipe José Cardemil Andrighetti y en usufructo vitalicio a doña Margarita María Andrighetti Cifuentes y a don Patricio Carlos Cardemil Gálvez; vi) Doña Margarita María Andrighetti Cifuentes, don Patricio Carlos Cardemil Gálvez, y doña Isabel Margarita Cardemil Andrighetti aportan en conjunto, en este acto y en dinero efectivo, la suma de $1.200.000, en proporción de un 60% doña Isabel Margarita Cardemil Andrighetti, y de un 40% doña Margarita María Andrighetti Cifuentes y don Patricio Carlos Cardemil Gálvez, lo que equivale a un 12% de los derechos sociales, derechos que pertenecen en nuda propiedad a doña Isabel Margarita Cardemil Andrighetti y en usufructo vitalicio a doña Margarita María Andrighetti Cifuentes y a don Patricio Carlos Cardemil Gálvez; vii) Doña Margarita María Andrighetti Cifuentes, don Patricio Carlos Cardemil Gálvez, y doña María de los Ángeles Cardemil Andrighetti, debidamente representada, aportan en conjunto, en este acto y en dinero efectivo, la suma de $1.200.000, en proporción de un 60% doña María de los Ángeles Cardemil Andrighetti, y de un 40% doña Margarita María Andrighetti Cifuentes y don Patricio Carlos Cardemil Gálvez, lo que equivale a un 12% de los derechos sociales, derechos que pertenecen en nuda propiedad a doña María de los Ángeles Cardemil Andrighetti y en usufructo vitalicio a doña Margarita María Andrighetti Cifuentes y a don Patricio Carlos Cardemil Gálvez; viii) Doña Margarita María Andrighetti Cifuentes, don Patricio Carlos Cardemil Gálvez, y doña Magdalena Sofía Cardemil Andrighetti, aportan en conjunto, en este acto y en dinero efectivo, la suma de $1.200.000, en proporción de un 60% doña Magdalena Sofía Cardemil Andrighetti, y de un 40% doña Margarita María Andrighetti Cifuentes y don Patricio Carlos Cardemil Gálvez, lo que equivale a un 12% de los derechos sociales, derechos que pertenecen en nuda propiedad a doña Magdalena Sofía Cardemil Andrighetti y en usufructo vitalicio a doña Margarita María Andrighetti Cifuentes y a don Patricio Carlos Cardemil Gálvez; ix) Doña Margarita María Andrighetti Cifuentes aporta en este acto y en dinero efectivo la suma de $100.000, lo que equivale a un 1% de los derechos sociales; y x) Don Patricio Carlos Cardemil Gálvez aporta en este acto y en dinero efectivo la suma de $100.000, lo que equivale a un 1% de los derechos sociales. En virtud de los aportes efectuados, los derechos sociales han quedado asignados de la forma que sigue: i) Felipe José Cardemil Andrighetti es titular de la plena propiedad sobre el 12,5% del total de los derechos sociales, y es titular de la nuda propiedad sobre el 12% de los derechos sociales; ii) Isabel Margarita Cardemil Andrighetti es titular de la plena propiedad sobre el 12,5% del total de los derechos sociales, y es titular de la nuda propiedad sobre el 12% de los derechos sociales; iii) María de los Ángeles Cardemil Andrighetti es titular de la plena propiedad sobre el 12,5% del total de los derechos sociales, y es titular de la nuda propiedad sobre el 12% de los derechos sociales; iv) Magdalena Sofía Cardemil Andrighetti es titular de la plena propiedad sobre el 12,5% del total de los derechos sociales, y es titular de la nuda propiedad sobre el 12% de los derechos sociales; v) Margarita María Andrighetti Cifuentes es titular de la plena propiedad sobre el 1% de los derechos sociales; vi) Patricio Carlos Cardemil Gálvez es titular de la plena propiedad sobre el 1% de los derechos sociales; y vii) Margarita María Andrighetti Cifuentes y Patricio Carlos Cardemil Gálvez son titulares en forma conjunta del derecho real de usufructo sobre el 48% de los derechos sociales, derecho que tiene la calidad de vitalicio. Socios limitan responsabilidad al monto de sus aportes. Administración: La administración y representación de la Sociedad, y el uso la razón social, a doña Margarita María Andrighetti Cifuentes, con las más amplias facultades señaladas en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 10 de Enero de 2020.