MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA EDIFICIO ANTUL AFKEN LIMITADA

RUT 77094274-8 CVE 1712728
Fecha instrumento
4 de diciembre de 2019

Instrumento

Fecha
4 de diciembre de 2019
Notario
LUIS ENRIQUE FISCHER YAVAR
Domicilio
Viña del Mar con oficio en 12 Norte

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS ENRIQUE FISCHER YAVAR, abogado, Notario Público de Viña del Mar con oficio en 12 Norte, número 785, piso 3. Certifica que por escritura fecha 04/12/2019, ante PATRICIA BAHAMONDE VEGA, suplente del titular; don JORGE ALFREDO ABARCA COFRÉ en representación de don MANUEL SEGUNDO JIMENEZ MORALES también conocido como MANUEL SEGUNDO JIMENEZ, chileno, jubilado, cédula nacional de identidad número cuatro millones seiscientos treinta y un mil quinientos cincuenta y nueve guión seis, con domicilio en Las Grullas cuarenta y dos, Campomar dos, Mantagua, ciudad y comuna de Quintero, comparece por sí y en representación de doña JUDITH SILVIA CANOBRA OYARZÚN también conocida como JUDITH SILVIA JIMENEZ, cédula nacional de identidad número siete millones cuatrocientos treinta y seis mil ciento ocho guión cero, con domicilio en Las Grullas cuarenta y dos, Campomar dos, Mantagua, ciudad y comuna de Quintero, ambos quienes declaran ser socios de INMOBILIARIA EDIFICIO ANTUL AFKEN LIMITADA, domiciliada para estos efectos en Miraflores mil cuatrocientos cincuenta y cinco, comuna y ciudad de San Felipe como VENDEDORES, y por otra, don FERNANDO MANUEL MELGAREJO BIZAMA, cédula nacional de identidad número siete millones setecientos cincuenta y cuatro mil doscientos, domiciliado en avenida Gómez Carreño tres mil setecientos siete, departamento cincuenta y siete, Gómez Carreño, comuna y ciudad de Viña del Mar, según facultades previamente otorgadas en la correspondiente escritura de cesión de derechos sociales y modificación de la Sociedad Limitada de fecha 01/08/2019, extendida en esta misma notaría, viene en sanear, de conformidad con lo dispuesto en la Ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve y en el artículo sexto de la Ley dieciocho mil cuarenta y seis, el vicio de nulidad que afecta a la referida modificación de la sociedad ya individualizada, consistente en la publicación tardía en el diario oficial y en la omisión de inscripción, dentro de plazo legal, en el Registro de Comercio respectivo del extracto de la escritura pública de modificación de sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Viña del Mar, 08 de enero de 2020.