MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIAL EL VENCEDOR LIMITADA

RUT 89347700-4 CVE 1712408
Capital
$600.000 CLP
Fecha instrumento
27 de septiembre de 2019
Notaría
Chillán

Instrumento

Fecha
27 de septiembre de 2019
Notario
JOAQUÍN TEJOS HENRÍQUEZ
Oficio
Segunda Notaria de Chillán
Comuna
Chillán

Sociedad

Capital
$600.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JOAQUÍN TEJOS HENRÍQUEZ, Notario Público Titular de la Segunda Notaria de Chillán, con oficio en calle El Roble Nº 620, certifico: Por escritura pública otorgada hoy ante mí, don JUAN GABRIEL VENEGAS INZUNZA, domiciliado Población Pedro Lagos, calle Dos Nº 1594, Chillán, y ROSA ELOISA VENEGAS INZUNZA, domiciliada calle Independencia 580, Block A 3, Departamento 104, Chillán, declaran que en escritura suscrita ante mí el 27 Septiembre 2019, como únicos socios de “Comercial El Vencedor Limitada” constituida con capital original de $600.000 e inscrita a Fs. 64 vta. Nº 43 en Registro Comercio Chillán año 1983, la dividieron en dos sociedades, una que sería la continuadora y seguiría girando como "Comercial El Vencedor Limitada" y una nueva cuya razón social sería "Inmobiliaria El Vencedor Limitada”, división realizada conforme a balance efectuado al 31 Agosto 2019 para este efecto. La modificación de “Comercial El Vencedor Limitada” se inscribió en extracto a Fs. 575 Nº 406 y la constitución de “Inmobiliaria El Vencedor Limitada” se inscribió en extracto a Fs. 576 vta. Nº 407, ambas en Registro de Comercio Chillán año 2019. Que en escritura de 27 Septiembre 2019 se indicó erróneamente que conforme al balance el capital de “Comercial El Vencedor Limitada” ascendía a $63.829.380 cuando en la realidad el capital original de $600.000 solo ascendía a $15.251.438, aumento que se producía con capitalización del Fondo de Revalorización del Capital Propio por $14.651.438,y el mismo error se contiene en el extracto correspondiente. En consecuencia socios otorgan escritura de saneamiento conforme a ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, y sanean vicio formal que afecta la división de “Comercial El Vencedor Limitada”, vicio formal que consiste en el cumplimiento imperfecto o error en la indicación del monto del capital de esta sociedad a la fecha de su división, el que asciende en efecto a $15.251.438 y que se divide entre ésta y la nueva compañía “Inmobiliaria El Vencedor Limitada” en proporción de $12.680.814 para la primera y de $2.570.624 para la segunda. Otras cláusulas constan en escritura extractada. Chillán, 30 de diciembre de 2019.-