INMOBILIARIA COLOSO VICUÑA MACKENNA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 3 de enero de 2020
- Notario
- MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- 38° Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Publico Titular 38° Notaria de Santiago, Miraflores 178, piso 5, CERTIFICA: Por escritura pública de esta fecha, otorgada ante mí, Inmobiliaria Dalmacia Limitada, Rut 76.364.271-2, e Inmobiliaria Presunto Limitada, Rut número 77.706.830 - K, ambas debidamente representadas y con domicilio en Avenida Apoquindo número 6.550, oficina 1.404, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana, modificaron los estatutos de la Sociedad INMOBILIARIA COLOSO VICUÑA MACKENNA LIMITADA, cuyo extracto de constitución está inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 61.683 número 30.198 del año 2019. Las únicas socias modificaron el objeto social de los estatutos, siendo el texto definitivo de la cláusula Cuarta de los estatutos sociales el siguiente: “CUARTO: El objeto de la sociedad será: a) La realización de toda clase de negocios e inversiones inmobiliarias en bienes inmuebles, corporales o incorporales, administrarlos, percibir e invertir sus frutos; b) La explotación de los bienes raíces que adquiera o detente a cualquier título, o que goce o use en cualquier forma; c) La compra, venta, reparación, adaptación, adquisición y enajenación de toda clase bienes raíces, sea por cuenta propia o ajena; d) El arrendamiento y/o subarrendamiento con bienes muebles o no de toda clase bienes raíces o derechos sobre ellos, su administración y explotación sea por cuenta propia o ajena, así como percibir e invertir sus frutos y rentas; e) La compraventa de toda clase bienes muebles, corporales o incorporales, valores, acciones, empresas, negocios y concesiones de todo tipo; y f) La prestación de servicios inmobiliarios o comerciales de cualquier orden.” En todo lo no modificado, continúa plenamente vigente el pacto social contenido en la escritura constitutiva Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago de Chile, 03 de enero de 2020.