MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Hotelera Neruda Limitada

RUT 77128920-7 CVE 1712238
Capital
$500.000.000 CLP
Fecha instrumento
19 de noviembre de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
19 de noviembre de 2019
Notario
MARÍA LUISA VERA JERALDO
Oficio
21 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$500.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA LUISA VERA JERALDO, Notario Público Suplente, 21 Notaría de Santiago, Huérfanos 578, Santiago, certifica, por escritura pública de fecha 19/11/2019, Repertorio número 20.838/2019, ante Notario Titular, Inversiones y Rentas Cantares Limitada, Fracción SpA e Inversiones Cantares S.A., todas domiciliadas en Pedro de Valdivia N°150, oficina 1608, comuna de Providencia, Región Metropolitana, respecto Hotelera Neruda Limitada, en adelante la “Sociedad”, constituida por escritura pública de fecha 26 de enero de 1998, otorgada en la notaría Santiago de don Fernando Opazo Larraín, cuyo extracto fue inscrito fojas 3.383, N°2.698 del Registro de Comercio de Santiago del año 1998, acordaron lo siguiente: 1) Dar cuenta y aceptar el ingreso a la Sociedad de Inversiones Cantares S.A. y el consecuente retiro de Inversiones y Rentas Cantares Limitada producto del aporte que ésta hizo a la primera de la totalidad de sus derechos en la Sociedad como pago por la suscripción de una parte de las acciones de Inversiones Cantares S.A.- 2) Modificar la cláusula quinta de los estatutos sociales, relativa al capital, por la siguiente: “Articulo Quinto.- El capital de la sociedad es la suma de $500.000.000, que han sido pagados y enterados por los socios de la forma indicada a continuación: a) la sociedad Fracción SpA es dueña, aproximadamente, del 0,6% de los derechos sociales, que equivale a la suma de $3.000.000, íntegramente pagada e ingresada en arcas sociales con anterioridad a esta fecha; y b) la sociedad Inversiones Cantares S.A., es dueña, aproximadamente, del 99,4% de los derechos sociales, que equivale a la suma de $497.000.000, íntegramente pagada e ingresada en arcas sociales con anterioridad a esta fecha”.- En todo lo no modificado expresamente permanecen plenamente vigentes los estatutos de la Sociedad.- Demás acuerdos constan en escritura extractada.- Se facultó a portador para legalización. Diciembre 26 de 2019. nrs.-