GLACIUS WATERS TECNICAL DEVELOPMENT LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 12 de diciembre de 2019
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
- Oficio
- 43ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular 43ª Notaría Santiago, Huérfanos 835, piso 18, certifica:- Por escritura fecha 12 de Diciembre de 2019, ante mí, señores:- NÉSTOR CONRADO RIVEROS VÁSQUEZ, Sagitario 5326, Lo Prado; JESSICA JACQUELINE MORALES HERRERA, Laguna Sur 6300, depto. H 33, Estación Central; NÉSTOR GABRIEL RIVEROS ESCOBAR, Porto Seguro 4453, Quinta Normal; y, NORMAN MAXIMILIANO RIVEROS VÁSQUEZ, Turquía 14, Parque Residencial Alameda, Lo Prado; modificaron sociedad GLACIUS WATERS TECNICAL DEVELOPMENT LIMITADA, con Rut 77.607.390-3, constituida con un capital inicial de $5.000.000, el 13 Junio 2001, ante mí, e inscrita Registro Comercio Santiago, a fjs. 15.120, N° 12.127, año 2001.- Modificación consiste :- a) Se retira sociedad, doña JESSICA JACQUELINE MORALES HERRERA, dueña del 1% derechos sobre total del capital, haber e interés social, quien cede dichos derechos a don NORMAN MAXIMILIANO RIVEROS VÁSQUEZ, en la suma de $350.000, efectivo; y, b) Se retira sociedad, don NÉSTOR CONRADO RIVEROS VÁSQUEZ, dueño del 99% derechos sobre total del capital, haber e interés social, quien cede dichos derechos a don NÉSTOR GABRIEL RIVEROS ESCOBAR, en la suma de $5.000.000, pago efectuado con anterioridad a la celebración del presente contrato, en efectivo; tal como se señala en escritura extractada.- En virtud presente cesión derechos, son únicos socios sociedad GLACIUS WATERS TECNICAL DEVELOPMENT LIMITADA y, dueños 100% total derechos, haber e interés social, señores NESTOR GABRIEL RIVEROS ESCOBAR, con un 99% derechos y, NORMAN MAXIMILIANO RIVEROS VASQUÉZ, con el restante 1% derechos; quienes modifican cláusula cuarta del primitivo pacto social en el sentido que a contar de esta fecha, la administración de la sociedad y el uso de la razón social, corresponderá única y exclusivamente a don NÉSTOR GABRIEL RIVEROS ESCOBAR, con la totalidad de las facultades señaladas en dicha cláusula cuarta.- En todo lo no modificado expresamente por el presente instrumento, continúa vigente en todo su contexto el primitivo pacto social.- Santiago, 14 de Enero de 2020.-