MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

COMERCIAL PESCAMAR SpA

RUT 77949990-1 CVE 1711905
Capital
$311.295 CLP
Notaría
Santiago

Instrumento

Repertorio
93/2020
Notario
COSME FERNANDO GOMILA GATICA
Oficio
Cuarta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$311.295 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Abogado, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en Paseo Ahumada número trescientos cuarenta y uno, cuarto piso, Comuna de Santiago, Certifica: por escritura pública, de fecha 03 de enero de dos mil veinte, Repertorio N° 93 / 2020, ante mí: Doña MARÍA LILIAN JACQUELINE ABUMOHOR HARCHA, domiciliada en calle Valenzuela Puelma número nueve mil cuarenta y cinco, comuna de La Reina, Región Metropolitana; Dos) Don MAURICIO FERNANDO RUIZ-CLAVIJO VERA, domiciliado calle Valenzuela Puelma número nueve mil cuarenta y cinco, comuna de La Reina, Región Metropolitana; Tres) INVERSIONES DRSA SpA, con domicilio en Camino El Huinganal 3827, comuna de Lo Barnechea; Cuatro) SEAFOOD EXPERT SpA, con domicilio en calle Valenzuela Puelma Nº 9045, comuna de La Reina, Región Metropolitana; y, Cinco) INVERSIONES SABACH SpA, con domicilio en calle Valenzuela Puelma Nº 9045, comuna de La Reina, Región Metropolitana; aumentaron capital de COMERCIAL PESCAMAR SpA, antes COMERCIAL PESCAMAR LIMITADA, inscrita a Fojas 17.960 Nº 13.764 del Registro de Comercio del año 2003, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, de $311.295.068.- a $620.408.019.-, dividido en seiscientas veinte millones cuatrocientos ocho mil diecinueve acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, todas de una misma serie e igual valor, que se suscriben y pagan y pagarán de la siguiente forma: Doña María Lilian Jaqueline Abumohor Harcha suscribe y paga tres millones ciento doce mil novecientos cincuenta y una acciones, ya enterados y pagados con anterioridad, que resultó luego de distribuir la revalorización del capital propio, según las normas legales aplicables; y, en este acto, suscribe y paga tres millones ciento doce mil novecientos cincuenta y una acciones, dinero que ingresa a la caja social; Don Mauricio Fernando Ruiz-Clavijo Vera suscribe y paga trescientas ocho millones ciento ochenta y dos mil ciento diecisiete acciones, ya enteradas y pagadas con anterioridad, que resultó luego de distribuir la revalorización del capital propio, según las normas legales aplicables; La sociedad Inversiones DRSA SpA suscribe, paga y pagará ciento dos millones de acciones, pagando en efectivo en este acto $20.000.000.-, que ingresan a la caja social; con $30.000.000.- que se pagarán en diez cuotas mensuales, por la suma de tres millones de pesos cada una, sin intereses, a partir del mes subsiguiente a la fecha del presente instrumento, dentro de los 10 primeros días de cada mes; y, el saldo de $52.000.000.-, será pagado mediante compensación de toda remuneración, honorario o precio que la sociedad deba pagarle a partir de enero de 2020 y hasta diciembre de 2021, por servicios que preste a la sociedad; La sociedad Seafood Expert SpA suscribe, paga y pagará ciento dos millones de acciones, pagando en efectivo en este acto $20.000.000.-, que ingresan a la caja social; con $30.000.000.- que se pagarán en diez cuotas mensuales, por la suma de tres millones de pesos cada una, sin intereses, a partir del mes subsiguiente a la fecha del presente instrumento, dentro de los 10 primeros días de cada mes; y, el saldo de $52.000.000.-, se pagan de contado en este acto, que ingresan a la caja social; y, La sociedad Inversiones SABACH SpA suscribe, paga y pagará ciento dos millones de acciones, pagando en efectivo en este acto $20.000.000.-, que ingresan a la caja social; con $30.000.000.- que se pagarán en diez cuotas mensuales, por la suma de tres millones de pesos cada una, sin intereses, a partir del mes subsiguiente a la fecha del presente instrumento, dentro de los 10 primeros días de cada mes; y, el saldo de $52.000.000.-, será pagado mediante compensación de toda remuneración, honorario o precio que la sociedad deba pagarle a partir de enero de 2020 y hasta diciembre de 2021, por servicios que preste a la sociedad. Demás estipulaciones escritura extractada. pam