CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

CARIBBEAN EPC AGENCIA EN CHILE SpA

CVE 1712358
Fecha instrumento
18 de diciembre de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
18 de diciembre de 2019
Notario
RAFAEL PINOCHET CAVIERES
Domicilio
Olimpia Schneider Moenne-Loccoz
Comuna
Santiago

Objeto social

TERCERO: Que la sociedad conoce la legislación chilena y los reglamentos por los cuales habrán de regirse en el país, sus agencias, actos, contratos y demás obligaciones. CUARTO: Que los bienes de la sociedad quedan afectos a las leyes chilenas, especialmente para responder de las obligaciones que ella haya de cumplir en Chile. QUINTO: Que la sociedad se obliga a mantener en Chile bienes de fácil realización para atender a las obligaciones que hayan de cumplirse en el país. SEXTO: Que el capital efectivo que va a tener la Agencia para el giro de sus operaciones, será la suma de doscientos millones de pesos, suma que será aportada en una o más cuotas de acuerdo a las necesidades de sociales, pero a más tardar el día dieciocho de Diciembre del año dos mil veinte. SÉPTIMO: El domicilio de la agencia principal será la ciudad de Santiago de Chile. La personería de don Cristian Jaime Fuenzalida Cuello, para representar a CARIBBEAN EPC LLC, consta en documento protocolizado con esta misma fecha, en esta notaria bajo el número 3287-2019. SANTIAGO, 07 de Enero de 2020

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RAFAEL PINOCHET CAVIERES, Notario Público Suplente de Olimpia Schneider Moenne-Loccoz, Titular 31. Notaria Santiago, Huérfanos 1055, local 328, certifica: Por escritura de fecha 18 de Diciembre de 2019, don CRISTIAN JAIME FUENZALIDA CUELLO, ingeniero, chileno, divorciado, cédula de identidad trece millones ciento noventa y ocho mil setecientos cuarenta y tres guión nueve, con domicilio en Urb. Colinas de Fairview, cuatro G uno Calle doscientos cinco, TRUJILLO ALTO, PR, cero cero novecientos setenta y seis, Puerto Rico, en representación, según se acreditará de "CARIBBEAN EPC LLC", sociedad organizada y existente bajo las leyes del estado libre asociado de Puerto Rico, número de registro cuatro tres seis ocho nueve ocho de fecha veintidós de Noviembre de dos mil diecinueve, en adelante, la Compañía que declara lo siguiente: PRIMERO: Que viene en constituir según el artículo ciento veintiuno de la Ley dieciocho mil cuarenta y seis una agencia de la sociedad que funcionará en Chile bajo el nombre “CARIBBEAN EPC AGENCIA EN CHILE SpA.”, la cual será representada por el agente don CRISTIAN JAIME FUENZALIDA CUELLO. SEGUNDO: Objeto de la Agencia será: a) el estudio, explotación, arriendo, compra y venta, tanto en Chile como en el extranjero de reciclaje tecnológico; b) servicios de asesoramiento en materia de energía renovables; c) servicios de instalación de equipos a base de energías renovables; d) servicios de informática y comunicaciones; e) servicios de consultoría y capacitación; f) todos aquellos actos, negocios o contratos necesarios o convenientes para el cumplimiento de su objeto. TERCERO: Que la sociedad conoce la legislación chilena y los reglamentos por los cuales habrán de regirse en el país, sus agencias, actos, contratos y demás obligaciones. CUARTO: Que los bienes de la sociedad quedan afectos a las leyes chilenas, especialmente para responder de las obligaciones que ella haya de cumplir en Chile. QUINTO: Que la sociedad se obliga a mantener en Chile bienes de fácil realización para atender a las obligaciones que hayan de cumplirse en el país. SEXTO: Que el capital efectivo que va a tener la Agencia para el giro de sus operaciones, será la suma de doscientos millones de pesos, suma que será aportada en una o más cuotas de acuerdo a las necesidades de sociales, pero a más tardar el día dieciocho de Diciembre del año dos mil veinte. SÉPTIMO: El domicilio de la agencia principal será la ciudad de Santiago de Chile. La personería de don Cristian Jaime Fuenzalida Cuello, para representar a CARIBBEAN EPC LLC, consta en documento protocolizado con esta misma fecha, en esta notaria bajo el número 3287-2019. SANTIAGO, 07 de Enero de 2020.-