DISOLUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ASESORIAS E INVERSIONES NIMBUS R LIMITADA

RUT 76040458-6 CVE 1711816
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
17 de diciembre de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
17 de diciembre de 2019
Notario
FÉLIX JARA CADOT
Oficio
41° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Ley aplicable
Ley 3.918

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FÉLIX JARA CADOT, Notario Público de la 41° Notaría de Santiago, con oficio en calle Paseo Huérfanos número 1.160, subsuelo, Santiago, certifica que por escritura de hoy, ante mí comparecieron don JAIME FRANCISCO RUIZ BORNSCHEUER, domiciliado para estos efectos en calle Azucenas número 111, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana y ; doña SIBYL JOAN ROSEPRICE ARRIVILLAGA, domiciliada para estos efectos en calle Vía Aurora número, 8.011, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, exponen que son los únicos y actuales socios de la sociedad “ASESORIAS E INVERSIONES NIMBUS R LIMITADA” , RUT N° 76.040.458-6 , inscrita a fojas 52.367, N° 36.238, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2008, con capital de $1.000.000. Los únicos socios de “ASESORIAS E INVERSIONES NIMBUS R LIMITADA” ya individualizados acuerdan lo siguiente: UNO) Manifiestan su voluntad libre y espontánea en orden a disolver la sociedad indicada, en conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley 3.918, artículos 407 y siguientes del Código de Comercio y artículo 2.107 del Código Civil, toda vez que en los Estatutos de la referida escritura de sociedad, se estableció en su cláusula 4°, que la sociedad tendría una duración de 2 años contados desde la fecha de la constitución y se renovaría tácita y automáticamente por períodos de 1 año, salvo voluntad en contrario de los socios manifestada en la forma y plazos establecidos en dicha escritura pública, por consiguiente, “ASESORIAS E INVERSIONES NIMBUS R LIMITADA” deberá entenderse disuelta a contar de la fecha de la anotación practicada al margen de la inscripción del extracto de constitución social en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. DOS) Los únicos socios liquidan los bienes que formaron parte de la Sociedad habida entre ellos, y se practicaron adjudicaciones, conforme con las estipulaciones que se señalan en escritura que se extracta. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Stgo. 17-12-2019, FÉLIX JARA CADOT, N.T.