SERVICIOS MEDICOS TYRIMED COMPAÑIA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 31 de diciembre de 2019
- Notario
- Margarita Moreno Zamorano
- Oficio
- Vigésima Séptima Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- La sociedad tendrá un plazo de cinco años, prorrogables por periodos iguales, a menos que uno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término, mediante declaración efectuada por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio y notificada su voluntad por carta certificada a los otros socios, todo con una anticipación mínima de seis meses
Objeto social
El objeto de la sociedad será: Prestación de servicios en el área de la salud. Asimismo, la sociedad podrá dedicarse a cualquier otro objeto específico que los socios acuerden
Administración
Corresponderá ejercerla en forma amplia a don ALVARO ELIEZER CARRASCO TOLEDO, quien anteponiendo a su firma la razón social de la compañía, la representará y obligará, con amplias facultades y en especial, sin que la enumeración sea taxativa o limitativa
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMargarita Moreno Zamorano, Notario Publico Interino de la Vigésima Séptima Notaria de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco 0153, Comuna de Providencia, certifico que por escritura publica de fecha 31 de diciembre de 2019 don ALVARO ELIEZER CARRASCO TOLEDO domiciliado en Avenida Chamisero dieciséis mil seiscientos sesenta y tres, comuna Colinas, Santiago de Chile; doña DENNIS ALEXSANDRA ESCAURIAZA APABLAZA domiciliada en Avenida Chamisero dieciséis mil seiscientos sesenta y tres, comuna Colinas, Santiago de Chile; y Doña CATALINA IGNACIA FERNANDEZ WUTH domiciliada en Las Violetas dos mil sesenta, comuna Providencia, Santiago de Chile; constituyeron sociedad responsabilidad limitada. El nombre y la razón social será “SERVICIOS MEDICOS TYRIMED COMPAÑIA LIMITADA”, pudiendo actuar también como “SERVICIOS MEDICOS TYRIMED, LTDA”, incluso ante Bancos e Instituciones Financieras. OBJETO: El objeto de la sociedad será: Prestación de servicios en el área de la salud. Asimismo, la sociedad podrá dedicarse a cualquier otro objeto específico que los socios acuerden. DOMICILIO: La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda poner sucursales o agencias en cualquier punto del país, o fuera de él. CAPITAL: El capital de la sociedad será la suma de cuatro millones de pesos que se aportará por los socios de la siguiente forma: a) Don ALVARO ELIEZER CARRASCO TOLEDO, ingresa a las arcas sociales en este acto en dinero efectivo, la suma de ochocientos mil de pesos, suma que corresponde al veinte por ciento de los derechos de la sociedad que se constituye.- b) Doña DENNIS ALEXSANDRA ESCAURIAZA APABLAZA, ingresa a las arcas sociales en este acto en dinero efectivo la suma de dos millones de pesos, suma que corresponde al cincuenta por ciento de los derechos de la sociedad que se constituye. - c) Doña CATALINA IGNACIA FERNANDEZ WUTH, ingresa a las arcas sociales en este acto en dinero efectivo la suma de un millón doscientos mil pesos, suma que corresponde al treinta por ciento de los derechos de la sociedad que se constituye RESPONSABILIDAD: La responsabilidad de los socios queda limitada exclusivamente al monto de sus respectivos aportes. ADMINISTRACION Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: Corresponderá ejercerla en forma amplia a don ALVARO ELIEZER CARRASCO TOLEDO, quien anteponiendo a su firma la razón social de la compañía, la representará y obligará, con amplias facultades y en especial, sin que la enumeración sea taxativa o limitativa. DURACIÓN: La sociedad tendrá un plazo de cinco años, prorrogables por periodos iguales, a menos que uno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término, mediante declaración efectuada por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio y notificada su voluntad por carta certificada a los otros socios, todo con una anticipación mínima de seis meses. Demás estipulaciones, escritura extractada. Santiago 10 de Enero de 2020.