SERVICIO DE INGENIERIA Y MANTENCION ELECTRICA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 19 de diciembre de 2019
- Notario
- Notario Suplente del Titular FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL
- Oficio
- 2ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $4.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será la prestación de servicios técnicos y profesionales en acondicionamiento de edificios, construcción de edificios completos o parte de ellos, obras en el área de ingeniería eléctrica, electrónica, electromecánica, mecánica y construcción, orientado a la mantención preventiva o correctiva, asesorías de construcción y mantención, estudios, desarrollo, administración, ejecución, inspecciones técnicas de proyectos u obras ya sean en ejecución o terminados y de maquinarias referente a las áreas señaladas anteriormente, ya sean de índole domiciliaria o industrial. Se compromete también dentro del objeto social la fabricación, compra, venta, importación y exportación de artículos y equipos eléctricos, electromecánicos o de la construcción, domiciliaria o industrial; y todo lo que, en la actualidad o en el futuro, esté relacionado directa e indirectamente con lo anterior y cualquier otra actividad que los socios libremente determinen dentro del país o en el extranjero
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFELIPE EDUARDO LEIVA ILABACA, Notario Suplente del Titular FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Público, 2ª Notaría Santiago, Amunátegui N°73, certifica: por escritura ante mí, de fecha 19/12/2019, don ALVARO ESTEBAN BASCUÑAN SOTO, C.I. Nº 13.029.409-K, chileno, casado, técnico superior en electricidad industrial, Los Abelules N° 1240, Pudahuel, doña MARCELINA GEMITA BRICEÑO PINO, C.I. Nº 15.433.115-8, chilena, secretaria administrativa, casada, Los Abelules N° 1240, Pudahuel, y doña CAMILA IGNACIA BASCUÑAN SOTO, C.I. Nº 18.095.919-K, chilena, Soltera, ingeniera Comercial, Av. Las Torres N° 137, Lo Prado, los comparecientes declaran que por escritura pública con fecha 11 de febrero de 2013 , otorgada en la 7ª Notaría Santiago de doña MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, cuyo extracto fue inscrito a fojas 15.973, número 10.493, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2013, y publicado en el Diario Oficial ejemplar número 40.487, de fecha 16 de febrero del año 2013, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada “SERVICIO DE INGENIERIA Y MANTENCION ELECTRICA LIMITADA”, la cual podía actuar con el nombre de fantasía de “SEINMELEC LTDA.”, Rol Único Tributario Nº 76.277.162-K, cuya sociedad transforman en Sociedad por Acciones, en conformidad a las disposiciones del Párrafo Octavo del Título Séptimo del Libro Segundo del Código de Comercio, Cuyos estatutos extracto: Nombre: ”SERVICIO DE INGENIERÍA Y MANTENCIÓN ELÉCTRICA SpA” y podrá girar y operar comercialmente con el nombre de fantasía “SEINMELEC SpA” . Objeto: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios técnicos y profesionales en acondicionamiento de edificios, construcción de edificios completos o parte de ellos, obras en el área de ingeniería eléctrica, electrónica, electromecánica, mecánica y construcción, orientado a la mantención preventiva o correctiva, asesorías de construcción y mantención, estudios, desarrollo, administración, ejecución, inspecciones técnicas de proyectos u obras ya sean en ejecución o terminados y de maquinarias referente a las áreas señaladas anteriormente, ya sean de índole domiciliaria o industrial. Se compromete también dentro del objeto social la fabricación, compra, venta, importación y exportación de artículos y equipos eléctricos, electromecánicos o de la construcción, domiciliaria o industrial; y todo lo que, en la actualidad o en el futuro, esté relacionado directa e indirectamente con lo anterior y cualquier otra actividad que los socios libremente determinen dentro del país o en el extranjero. Duración: Indefinida. Domicilio: Santiago, Capital: $4.000.000, dividido en cuatrocientas acciones nominativas y sin valor nominal, que se suscriben y pagan en la forma que se señala en las disposiciones transitorias. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 02 de enero de 2020. FELIPE EDUARDO LEIVA ILABACA, NOTARIO SUPLENTE.