SAN JAVIER SpA
Instrumento
- Fecha
- 2 de enero de 2020
- Notario
- HERMAN MATIAS ANDRADE GALVEZ
- Domicilio
- esta Comuna
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHERMAN MATIAS ANDRADE GALVEZ, Abogado, Notario Público esta Comuna, Suplente del Titular don RODRIGO FERNANDO LAZCANO ARRIAGADA, oficio Arica, 21 de Mayo 252, Certifico: Por escritura fecha 2 enero 2020, ante Notario Público Titular Rodrigo Fernando Lazcano Arriagada, don PABLO ALBERTO LEIVA VILLALOBOS, chileno, soltero, abogado, Run 18.314.907-5, Arturo Prat 391, Oficina 92, Edificio Empresarial, Arica, debidamente facultado, redujo a escritura pública PRIMERA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS “SAN JAVIER SPA”, constituida el 30 de diciembre de 2019, presidida por KATERINNE VALESKA VALDÉS VERGARA y actuó como secretaria doña SILVANA HORTENCIA DEL CARMEN MALUENDA GALLEGUILLOS, asistiendo los accionistas: 1. ALEJANDRA SOLEDAD OLIVARES MAGNATA, 10 acciones ordinarias de la seria única equivalentes a 20.000.000 capital social. 2. CARLO JAVIER ALEJANDRO MUÑOZ OLIVARES, 10 acciones ordinarias de la seria única equivalentes a 20.000.000 capital social. 3. KATERINNE VALESKA VALDÉS VERGARA, 10 acciones ordinarias de la seria única equivalentes a 20.000.000 capital social. 4. VERÓNICA ROSARIO QUISPE GUTIÉRREZ, 10 acciones ordinarias de la seria única equivalentes a 20.000.000 capital social. 5. MARISELL BRIGITTE CORREA BUTRÓN, 10 acciones ordinarias de la seria única equivalentes a 20.000.000 capital social. 6. EVELYN ALEJANDRA VILLARROEL ROJAS, 10 acciones ordinarias de la seria única equivalentes a 20.000.000 capital social. 7. SILVANA HORTENCIA DEL CARMEN MALUENDA GALLEGUILLOS, 10 acciones ordinarias de la seria única equivalentes a 20.000.000 capital social. 8. FABIOLA ANDREA DOMÍNGUEZ VERGARA, 10 acciones ordinarias de la seria única equivalentes a 20.000.000 capital social, representada este acto, por CLAUDIA ALEJANDRA DOMINGUEZ VERGARA. 9. IVÁN EDISON GUERRERO ESPINOZA, 10 acciones ordinarias de la seria única equivalentes a 20.000.000 capital social. 10. GIOVANNA DANISKA DEL CARMEN CAUSA PAREDES, 10 acciones ordinarias de la seria única equivalentes a 20.000.000 capital social. Objeto de la junta: Someter a aprobación de los accionistas las siguientes materias: 1. Modificación de comparecencia en la escritura de constitución de la sociedad por acciones San Javier SpA. 2. Modificación del Título Segundo.- Capital y Acciones, Artículo Séptimo.-, del estatuto social. 3. Autorizar transferencia de las 10 acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal del socio Iván Edison Guerrero Espinoza a doña Karen Génisis Araya Hurtado, de conformidad a lo estipulado en el Título Segundo.- Capital y Acciones, Artículo Décimo, del estatuto social. Acuerdos: Luego de analizar la propuesta, los accionistas aprobaron por unanimidad modificar las siguientes materias: 1.- En la comparecencia, en donde dice: “…KATERINNE VALESKA VALDÉS VERGARA, chilena, casada en sociedad conyugal, matrona…”, debe decir: “KATERINNE VALESKA VALDÉS VERGARA, chilena, casada y separada de bienes para estos efectos en virtud del artículo ciento cincuenta del Código Civil, matrona…”; y en donde dice: “…VERÓNICA ROSARIO QUISPE GUTIÉRREZ, chilena, casada en sociedad conyugal, profesora…”, debe decir: “…VERÓNICA ROSARIO QUISPE GUTIÉRREZ, chilena, casada y separada de bienes para estos efectos en virtud del artículo ciento cincuenta del Código Civil, profesora…”. 2.- En el Artículo Séptimo del Título Segundo.- Capital y Acciones, donde dice: “…El capital social deberá quedar totalmente suscrito y pagado dentro del plazo de un año contado desde la fecha de la constitución de la sociedad…”, debe decir: “…El capital social deberá quedar totalmente suscrito y pagado dentro del plazo de 2 años contados desde la fecha de la constitución de la sociedad…”. 3.- Se autoriza la transferencia de las 10 acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal del socio IVÁN EDISON GUERRERO ESPINOZA, a doña KAREN GÉNISIS ARAYA HURTADO, de conformidad a lo estipulado en el Título Segundo.- Capital y Acciones, Artículo Décimo, del estatuto social, debiendo procederse a las inscripciones pertinentes. Otras estipulaciones en escritura reducida. Arica, 2 de enero de 2020.