MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

R Y B LTDA.

RUT 76083985-K CVE 1711690
Fecha instrumento
27 de noviembre de 2009
Notaría
Antofagasta

Instrumento

Fecha
27 de noviembre de 2009
Repertorio
5935-2019
Notario
JULIO ALEJANDRO ABASOLO ARAVENA
Oficio
2ª. Notaría Antofagasta
Comuna
Antofagasta

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JULIO ALEJANDRO ABASOLO ARAVENA, Notario Público 2ª. Notaría Antofagasta, Washington Nº 2653, certifico: Por escritura pública hoy ante mí, JOSÉ VICTORINO GAJARDO ALCAYAGA, domiciliado en Baquedano Nº 239 , Antofagasta; Mayor de edad vienen en sanear la empresa de Responsabilidad limitada ““SERVICIOS R Y B LIMITADA” , y/o nombre de fantasía “R Y B LTDA”, rut nº 76.083.985-k, constituida con fecha 27 de noviembre del año 2009, otorgada en la Quinta Notaria de Antofagasta servida por don Edmundo Dagoberto Devia Osorio, extracto publicado Diario Oficial de fecha 04 de diciembre de 2009, edición 39.528 e inscrito a fojas 1822, número 1350, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes raíces de Antofagasta del año 2009. Saneamiento consiste: con fecha 18 de octubre en este mismo oficio notarial bajo el repertorio 5935-2019, don WALTER GUILLERMO REHREN SHLEEF por si, la sociedad SERVICIO REHREN SPA, representada por don WALTER GUILLERMO REHREN SHLEEF, don ALEX MARCELO FARIAS MOYA, DANIEL ARTURO GODOY GUEVARA modifican la sociedad SERVICIOS R Y B LIMITADA” O “R Y B LTDA, incorporándose estos dos últimos como nuevos socios de la sociedad. Cuyo extracto se publicó el 20 de noviembre del año 2019 en el Diario Oficial edición número 42507. Que, en virtud de lo dispuesto en el artículo primero y siguientes de la ley tres mil novecientos dieciocho, en concordancia con el artículo número uno y siguientes de la Ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, por este acto, el compareciente, vienen en sanear el vicio formal que afecta la modificación de escritura pública de constitución de la empresa “SERVICIOS R Y B LIMITADA” , y/o nombre de fantasía “R Y B LTDA”, cuyo vicio formal se configura en razón de la inscripción tardía de la modificación otorgada ante Notario público de la ciudad de Antofagasta Don Julio Abasolo Aravena con fecha dieciocho de Octubre del año dos mil diecinueve bajo el repertorio número cinco mil novecientos treinta y cinco guión dos mil diecinueve, y publicada en el Diario Oficial, en su edición número cuarenta y dos mil Quinientos siete de fecha veinte de noviembre del año dos mil diecinueve. En consecuencia habiéndose verificado un cumplimiento imperfecto de la solemnidad legal relativa a la inscripción del extracto de la referida modificación dentro del plazo establecido en el artículo tercero de la ley tres mil novecientos dieciocho y al configurarse un vicio formal en dicha inscripción, de los cuales la ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve faculta sanear, el compareciente viene en subsanar el vicio ya detallado, produciéndose en consecuencia el efecto establecido en el artículo segundo de la ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve. Por este acto, y para todos los efectos legales, en especial para Servicio de Impuestos Internos y para fines de la ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, el compareciente viene en corregir y sanear en su caso cualquier vicio que pudiera provenir del cumplimiento imperfecto de lo establecido en el artículo tercero de la ley tres mil novecientos dieciocho y de lo establecido en el artículo primero inciso tercero de la ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, en los términos y alcances indicados en la cláusula que precede. En todo lo demás continúa vigente el acto constitutivo original.. Antofagasta, 06 de enero 2020.