PUNTO DE QUIEBRE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 9 de diciembre de 2019
- Notario
- JORGE REHBEIN OHACO
- Domicilio
- Puente Alto
Sociedad
- N. fantasía
- “PUNTO DE QUIEBRE LIMITADA”
- Capital
- $5.500.000 CLP
- Domicilio
- Puente Alto
- Duración
- La sociedad de responsabilidad Limitada tendrá una duración de 5 años renovables, contados desde la fecha de inscripción en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces, renovándose automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, a menos que sus socios manifiesten su voluntad en contrario mediante escritura subinscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo y con una anticipación mínima de un mes anterior al vencimiento respectivo
Objeto social
será: comercialización, compra- venta al por menor y mayor de todo articulo, accesorios y equipos de deportes; almacenamiento y bodegaje de artículos y equipos de deportes; planificación, desarrollo e implementación de toda actividad deportiva, competencias, torneos, campeonatos, cursos y cualquier otra actividad en materias inherentes a esas actividades, conexa o derivada de la principal, directamente o por convenios. La sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena y)o en participación con terceros, a particulares, Servicios de Bienestar o de organismos públicos, municipales o privados, y en general todas las actividades relacionadas directa o indirectamente con las mencionadas y aquellas que se acuerden por los socios en el transcurso del pacto social
Administración
La administración de la Sociedad y el uso de la razón social, así como la representación judicial y extrajudicial de la misma corresponderá a LUIS IGNACIO MOLINA MUÑOZ, con las más amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE REHBEIN OHACO, Notario Público Titular, Puente Alto, Balmaceda Nº 279; Certifico: Por escritura pública con fecha de hoy ante mí, don LUIS IGNACIO MOLINA MUÑOZ, chileno, casado y separado totalmente de bienes, pensionado, C.I. Nº 11.657.101-3, domiciliado en Avenida El Volcán Nº 4925, sector El Canelo, comuna de San José de Maipo, Región Metropolitana, doña MARTA ARSIMIRA URIBE IBARRA, chilena, casada y separada totalmente de bienes, contadora, C.I. Nº 10.837.747-K, domiciliada en Avenida El Volcán Nº 4925, comuna de San José de Maipo, y don JAIME ADRIAN MORALES ANDRADE, chileno, soltero, profesor de educación física, C.I. Nº 16.030.013-2, domiciliado en calle Pumillahue Nº 01336, comuna de Puente Alto, constituyen sociedad comercial de responsabilidad limitada, “INVERSIONES PUNTO DE QUIEBRE LIMITADA”, nombre de fantasía: “PUNTO DE QUIEBRE LIMITADA”. OBJETO: será: comercialización, compra- venta al por menor y mayor de todo articulo, accesorios y equipos de deportes; almacenamiento y bodegaje de artículos y equipos de deportes; planificación, desarrollo e implementación de toda actividad deportiva, competencias, torneos, campeonatos, cursos y cualquier otra actividad en materias inherentes a esas actividades, conexa o derivada de la principal, directamente o por convenios. La sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena y/o en participación con terceros, a particulares, Servicios de Bienestar o de organismos públicos, municipales o privados, y en general todas las actividades relacionadas directa o indirectamente con las mencionadas y aquellas que se acuerden por los socios en el transcurso del pacto social. CAPITAL : El capital social corresponde a un total de diez millones de pesos, que se aporta de la siguiente manera: A) EL socio LUIS IGNACIO MOLINA MUÑOZ, ya individualizado aporta la suma de $5.500.000.- (cinco millones quinientos mil pesos), en dinero efectivo, que en este acto ingresa a la caja social, monto equivalente al 55% (cincuenta y cinco por ciento) del capital social; B) La socia MARTA ARSIMIRA URIBE IBARRA, ya individualizada, aporta la suma de $500.000.- (quinientos mil pesos), en dinero efectivo, que en este acto ingresa a la caja social, monto equivalente al 5% (cinco por ciento) del capital social; C) el socio JAIME ADRIAN MORALES ANDRADE, aporta la suma de $4.000.000.- (cuatro millones de pesos), en dinero efectivo, que en este acto ingresa a la caja social; monto equivalente al 40% (cuarenta por ciento) del capital social. La responsabilidad de cada socio queda limitada al monto de sus respectivos aportes. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: La administración de la Sociedad y el uso de la razón social, así como la representación judicial y extrajudicial de la misma corresponderá a LUIS IGNACIO MOLINA MUÑOZ, con las más amplias facultades. DURACIÓN: La sociedad de responsabilidad Limitada tendrá una duración de 5 años renovables, contados desde la fecha de inscripción en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces, renovándose automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, a menos que sus socios manifiesten su voluntad en contrario mediante escritura subinscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo y con una anticipación mínima de un mes anterior al vencimiento respectivo. DOMICILIO. Puente Alto, sin perjuicio sociedad pueda establecer agencias , sucursales , oficinas y filiales en el resto del país o extranjero. Otras estipulaciones en escritura extractada. Puente Alto, 09 de diciembre de 2019. Rep. Nº 1379-2019.