INVERSIONES ANDRITOA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de diciembre de 2019
- Repertorio
- 10120-2019
- Notario
- VALERIA RONCHERA FLORES
- Oficio
- 10° Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio social será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- La Sociedad tendrá una duración de 30 años. Sin embargo, se prorrogará tácitamente por períodos sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios, con no menos de 3 meses de anticipación al vencimiento respectivo, manifieste su voluntad de no prorrogarla, mediante declaración hecha por escritura pública y anotada en el Registro de Comercio de Santiago, al margen de la inscripción social, todo lo cual debe verificarse con no menos de tres meses de anticipación al vencimiento respectivo
Objeto social
a) La inversión, con fines rentísticos, en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, tales como efectos de comercio, acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en fondos mutuos, y en toda clase de títulos de crédito o valores mobiliarios, ya sea en Chile o en el extranjero, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos o rentas; b) La participación en toda clase de sociedades, chilenas o extranjeras, civiles o comerciales, ya sean colectivas, en comandita, anónimas o de responsabilidad limitada y cualquiera sea su objeto, para desarrollar los negocios a que se dedican estas sociedades o en las que ellas participan, y en todo tipo de comunidades o asociaciones; c) La prestación de asesorías en materias inmobiliarias, administrativas, de gestión, financieras, de inversiones, o de cualquier otra clase; y d) En general, todo otro acto o negocio de naturaleza civil que los socios acuerden
Administración
La administración y representación de la Sociedad, y el uso de la razón social, corresponderá a don Carlos Alfredo Andrighetti Cifuentes, con las más amplias facultades señaladas en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVALERIA RONCHERA FLORES, Notario Público Titular de la 10° Notaría Santiago, Agustinas N° 1235, Local 2, Piso 1 y 2, Santiago, certifico: Por escritura pública fecha 27 de Diciembre de 2019, otorgada ante mi suplente don JOSÉ MANUEL CIFUENTES GUERRA, Repertorio Nº 10.120-2019, don Carlos Alfredo Andrighetti Cifuentes, doña Patricia Eugenia Arraztoa Valdivielso, don Ignacio José Andrighetti Arraztoa, don Benjamín Andrés Andrighetti Arraztoa, doña Patricia Andrea Andrighetti Arraztoa, don Juan Carlos Andrighetti Arraztoa, doña María Trinidad Andrighetti Arraztoa, y doña Florencia María Andrighetti Arraztoa, todos domiciliados en Camino El Alba N° 9500, Torre B, oficina N° 418, Las Condes, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada: Razón Social: “INVERSIONES ANDRITOA LIMITADA", pudiendo usar para todos los efectos legales, bancarios, publicitarios, ante el fisco y, en general, en cualquier gestión ante terceros, la abreviación "INVERSIONES ANDRITOA LTDA.". Domicilio: El domicilio social será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se establezcan en el resto del país o en el extranjero. Objeto: a) La inversión, con fines rentísticos, en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, tales como efectos de comercio, acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en fondos mutuos, y en toda clase de títulos de crédito o valores mobiliarios, ya sea en Chile o en el extranjero, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos o rentas; b) La participación en toda clase de sociedades, chilenas o extranjeras, civiles o comerciales, ya sean colectivas, en comandita, anónimas o de responsabilidad limitada y cualquiera sea su objeto, para desarrollar los negocios a que se dedican estas sociedades o en las que ellas participan, y en todo tipo de comunidades o asociaciones; c) La prestación de asesorías en materias inmobiliarias, administrativas, de gestión, financieras, de inversiones, o de cualquier otra clase; y d) En general, todo otro acto o negocio de naturaleza civil que los socios acuerden. Duración: La Sociedad tendrá una duración de 30 años. Sin embargo, se prorrogará tácitamente por períodos sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios, con no menos de 3 meses de anticipación al vencimiento respectivo, manifieste su voluntad de no prorrogarla, mediante declaración hecha por escritura pública y anotada en el Registro de Comercio de Santiago, al margen de la inscripción social, todo lo cual debe verificarse con no menos de tres meses de anticipación al vencimiento respectivo. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $10.000.000 que los socios aportan siguiente forma: i) Don Ignacio José Andrighetti Arraztoa aporta en este acto y en dinero efectivo la suma de $1.250.000, lo que equivale a un 12,5% de los derechos sociales; ii) Don Benjamín Andrés Andrighetti Arraztoa aporta en este acto y en dinero efectivo la suma de $1.250.000, lo que equivale a un 12,5% de los derechos sociales; iii) Doña Patricia Andrea Andrighetti Arraztoa aporta en este acto y en dinero efectivo la suma de $1.250.000, lo que equivale a un 12,5% de los derechos sociales; iv) Don Juan Carlos Andrighetti Arraztoa aporta en este acto y en dinero efectivo la suma de $1.250.000, lo que equivale a un 12,5% de los derechos sociales; V) Doña María Trinidad Andrighetti Arraztoa aporta en este acto y en dinero efectivo la suma de $1.250.000, lo que equivale a un 12,5% de los derechos sociales; vi) Doña Florencia María Andrighetti Arraztoa aporta en este acto y en dinero efectivo la suma de $1.250.000, lo que equivale a un 12,5% de los derechos sociales; vii) Don Carlos Alfredo Andrighetti Cifuentes, doña Patricia Eugenia Arraztoa Valdivielso, y don Ignacio José Andrighetti Arraztoa aportan en conjunto, en este acto y en dinero efectivo, la suma de $400.000, en proporción de un 60% don Ignacio José Andrighetti Arraztoa y de un 40% don Carlos Alfredo Andrighetti Cifuentes y doña Patricia Eugenia Arraztoa Valdivielso, lo que equivale a un 4% de los derechos sociales, derechos que pertenecen en nuda propiedad a don Ignacio José Andrighetti Arraztoa y en usufructo vitalicio a don Carlos Alfredo Andrighetti Cifuentes y a doña Patricia Eugenia Arraztoa Valdivielso; viii) Don Carlos Alfredo Andrighetti Cifuentes, doña Patricia Eugenia Arraztoa Valdivielso, y don Benjamín Andrés Andrighetti Arraztoa aportan en conjunto, en este acto y en dinero efectivo, la suma de $400.000, en proporción de un 60% don Benjamín Andrés Andrighetti Arraztoa y de un 40% don Carlos Alfredo Andrighetti Cifuentes y doña Patricia Eugenia Arraztoa Valdivielso, lo que equivale a un 4% de los derechos sociales, derechos que pertenecen en nuda propiedad a don Benjamín Andrés Andrighetti Arraztoa y en usufructo vitalicio a don Carlos Alfredo Andrighetti Cifuentes y a doña Patricia Eugenia Arraztoa Valdivielso; ix) Don Carlos Alfredo Andrighetti Cifuentes, doña Patricia Eugenia Arraztoa Valdivielso, y doña Patricia Andrea Andrighetti Arraztoa aportan en conjunto, en este acto y en dinero efectivo, la suma de $400.000, en proporción de un 60% doña Patricia Andrea Andrighetti Arraztoa y de un 40% don Carlos Alfredo Andrighetti Cifuentes y doña Patricia Eugenia Arraztoa Valdivielso, lo que equivale a un 4% de los derechos sociales, derechos que pertenecen en nuda propiedad a doña Patricia Andrea Andrighetti Arraztoa y en usufructo vitalicio a don Carlos Alfredo Andrighetti Cifuentes y a doña Patricia Eugenia Arraztoa Valdivielso; x) Don Carlos Alfredo Andrighetti Cifuentes, doña Patricia Eugenia Arraztoa Valdivielso, y don Juan Carlos Andrighetti Arraztoa aportan en conjunto, en este acto y en dinero efectivo, la suma de $400.000, en proporción de un 60% don Juan Carlos Andrighetti Arraztoa y de un 40% don Carlos Alfredo Andrighetti Cifuentes y doña Patricia Eugenia Arraztoa Valdivielso, lo que equivale a un 4% de los derechos sociales, derechos que pertenecen en nuda propiedad a don Juan Carlos Andrighetti Arraztoa y en usufructo vitalicio a don Carlos Alfredo Andrighetti Cifuentes y a doña Patricia Eugenia Arraztoa Valdivielso; xi) Don Carlos Alfredo Andrighetti Cifuentes, doña Patricia Eugenia Arraztoa Valdivielso, y doña María Trinidad Andrighetti Arraztoa aportan en conjunto, en este acto y en dinero efectivo, la suma de $400.000, en proporción de un 60% doña María Trinidad Andrighetti Arraztoa y de un 40% don Carlos Alfredo Andrighetti Cifuentes y doña Patricia Eugenia Arraztoa Valdivielso, lo que equivale a un 4% de los derechos sociales, derechos que pertenecen en nuda propiedad a doña María Trinidad Andrighetti Arraztoa y en usufructo vitalicio a don Carlos Alfredo Andrighetti Cifuentes y a doña Patricia Eugenia Arraztoa Valdivielso; xii) Don Carlos Alfredo Andrighetti Cifuentes, doña Patricia Eugenia Arraztoa Valdivielso, y doña Florencia María Andrighetti Arraztoa aportan en conjunto, en este acto y en dinero efectivo, la suma de $400.000, en proporción de un 60% doña Florencia María Andrighetti Arraztoa y de un 40% don Carlos Alfredo Andrighetti Cifuentes y doña Patricia Eugenia Arraztoa Valdivielso, lo que equivale a un 4% de los derechos sociales, derechos que pertenecen en nuda propiedad a doña Florencia María Andrighetti Arraztoa y en usufructo vitalicio a don Carlos Alfredo Andrighetti Cifuentes y a doña Patricia Eugenia Arraztoa Valdivielso; xiii) Don Carlos Alfredo Andrighetti Cifuentes aporta en este acto y en dinero efectivo la suma de $50.000, lo que equivale a un 0,5% de los derechos sociales; y xiv) Doña Patricia Eugenia Arraztoa Valdivielso aporta en este acto y en dinero efectivo la suma de $50.000, lo que equivale a un 0,5% de los derechos sociales. En virtud de aportes efectuados, los derechos sociales han quedado asignados de la forma que sigue: i) Ignacio José Andrighetti Arraztoa es titular de la plena propiedad sobre el 12,5% del total de los derechos sociales, y titular de la nuda propiedad sobre el 4% de los derechos sociales; ii) Benjamín Andrés Andrighetti Arraztoa es titular de la plena propiedad sobre el 12,5% del total de los derechos sociales, y titular de la nuda propiedad sobre el 4% de los derechos sociales; iii) Patricia Andrea Andrighetti Arraztoa es titular de la plena propiedad sobre el 12,5% del total de los derechos sociales, y titular de la nuda propiedad sobre el 4% de los derechos sociales; iv) Juan Carlos Andrighetti Arraztoa es titular de la plena propiedad sobre el 12,5% del total de los derechos sociales, y titular de la nuda propiedad sobre el 4% de los derechos sociales; v) María Trinidad Andrighetti Arraztoa es titular de la plena propiedad sobre el 12,5% del total de los derechos sociales, y titular de la nuda propiedad sobre el 4% de los derechos sociales; vi) Florencia María Andrighetti Arraztoa es titular de la plena propiedad sobre el 12,5% del total de los derechos sociales, y titular de la nuda propiedad sobre el 4% de los derechos sociales;vii) Carlos Alfredo Andrighetti Cifuentes es titular de la plena propiedad sobre el 0,5% de los derechos sociales; viii) Patricia Eugenia Arraztoa Valdivielso es titular de la plena propiedad sobre el 0,5% de los derechos sociales; y ix) Carlos Alfredo Andrighetti Cifuentes y Patricia Eugenia Arraztoa Valdivielso son titulares en forma conjunta del derecho real de usufructo sobre el 24,5% de los derechos sociales, derecho que tiene la calidad de vitalicio. Socios limitan responsabilidad al monto de sus aportes. Administración: La administración y representación de la Sociedad, y el uso de la razón social, corresponderá a don Carlos Alfredo Andrighetti Cifuentes, con las más amplias facultades señaladas en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 07 de Enero de 2020.