SOCIEDAD MEDICA Y MATRONA CARRASCO Y OTAROLA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de diciembre de 2019
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIGNACIO VIDAL DOMINGUEZ, Notario Titular Talca, 1 Norte 963 Of. 103, CERTIFICO: Por escritura pública otorgada ante la Notario Suplente de este Oficio, doña María Angélica Ramírez Fuentes, de fecha 30 de Diciembre de 2019, don OSIEL ALEJANDRO CARRASCO TOLEDO, doña NORMA ANGELICA OTAROLA HEYBOER, don JAVIER ALEJANDRO CARRASCO OTAROLA, y doña NATALIA ANDREA CARRASCO OTAROLA, todos con domicilio en Parcela 76 calle B sector La Cantera de Unihue, comuna de Maule, modificaron sociedad de responsabilidad limitada “SOCIEDAD MEDICA Y MATRONA CARRASCO Y OTAROLA LIMITADA”, constituida mediante escritura pública otorgada ante el Notario de Talca don Mario Bravo Ramírez, con fecha 12 de Julio del año 2000, extracto de su constitución fue inscrito con fecha 26 de Julio del año 2000, a fojas 581 número 282 del Registro de Comercio de Talca correspondiente al año 2000 y publicado en el Diario Oficial de la República en su edición impresa número 36.718 de fecha 20 de Julio del año 2000. El capital de la sociedad es la suma de $5.000.000.-, RUT: 77.470.700-K. MODIFICACIONES: 1.- don OSIEL ALEJANDRO CARRASCO TOLEDO, vende, cede y transfiere el treinta por ciento (30%) de las acciones, derechos y/o cuota de participación social que le corresponden en la sociedad “SOCIEDAD MEDICA Y MATRONA CARRASCO Y OTAROLA LIMITADA”, a don JAVIER ALEJANDRO CARRASCO OTAROLA, quien compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión es la suma de SETECIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($750.000.-), precio que se paga en este acto, en dinero en efectivo, declarando el socio cedente recibir conforme y a entera satisfacción. 2.- doña NORMA ANGELICA OTAROLA HEYBOER, vende, cede y transfiere el treinta por ciento (30%) de las acciones, derechos y/o cuota de participación social que le corresponden en la sociedad “SOCIEDAD MEDICA Y MATRONA CARRASCO Y OTAROLA LIMITADA”, a doña NATALIA ANDREA CARRASCO OTAROLA, quien compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión es la suma de SETECIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($750.000.-), precio que se paga en este acto, en dinero en efectivo, declarando la socia cedente recibir conforme y a entera satisfacción. 3.- Consecuencia de lo anterior, quedan como únicos socios don OSIEL ALEJANDRO CARRASCO TOLEDO, con treinta y cinco por ciento (35%) de participación social; doña NORMA ANGELICA OTAROLA HEYBOER, con treinta y cinco por ciento (35%) de participación social; don JAVIER ALEJANDRO CARRASCO OTAROLA, con un quince por ciento (15%) de participación social; y doña NATALIA ANDREA CARRASCO OTAROLA, con un quince por ciento (15%) de participación social. 4.- Los actuales y únicos socios, acuerdan modificar la cláusula QUINTA del pacto de constitución social, en el sentido de señalar que la administración, representación y uso de la razón social corresponderá exclusivamente a los socios don OSIEL ALEJANDRO CARRASCO TOLEDO, y doña NORMA ANGELICA OTAROLA HEYBOER, quienes podrán actuar conjunta y/o separadamente, y con todas y cada una de las facultades establecidas en la escritura de constitución social, las que se dan por reproducidas expresamente. Demás estipulaciones escritura extractada. TALCA, 06 de Enero de 2020.