MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE TRANSPORTES SVL LIMITADA

RUT 76353724-2 CVE 1711062
Capital
$20.000.000 CLP
Fecha instrumento
26 de diciembre de 2019

Instrumento

Fecha
26 de diciembre de 2019
Notario
Hugo Patricio Monroy Foix
Domicilio
Quillota

Sociedad

Capital
$20.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Hugo Patricio Monroy Foix, Notario Público de Quillota, calle O’Higgins Nº414, certifico: Por Escritura Pública de fecha 26 de diciembre de 2019 otorgada ante mí, Pedro Juan Olivares Carvajal y Susana Carolina Vivanco Lobos, ambos con domicilio en calle Andrea del Verrochio número mil doscientos cuatro, Villa Leonardo Da Vinci, comuna de Quillota, otorgaron escritura de modificación de “SOCIEDAD DE TRANSPORTES SVL LIMITADA” nombre de fantasía “TRANSPORTES SVL LTDA.”, RUT: 76.353.724-2, constituida escritura pública 19 Junio de 2014, ante notario público Viña del Mar Raul Farren Paredes, inscrita fojas 87 N°70 año 2014, Registro Comercio Conservador La Calera, capital $20.000.000.-Cesión Derechos Sociales: Susana Carolina Vivanco Lobos cede a Pedro Juan Olivares Carvajal, el 30% deL total de los derechos sociales. El precio de cesión es $3.000.000.- pagado contado, efectivo.- Quedan como socios Pedro Juan Olivares Carvajal y Susana Carolina Vivanco Lobos con un 90% y un 10% respectivamente. Modificaciones: A) Modifican cláusula segunda de escritura constitutiva: La razón social será “COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS DEL MAR Y TRANSPORTES SVL LIMITADA”, nombre de fantasía “COMERCIALIZADORA Y TRANSPORTES SVL LTDA.”; B) modifican cláusula tercera de escritura constitutiva, en el sentido que el objeto social será: uno) transporte de carga ajena por cualquier vía sean estas nacionales e internacionales, corretaje de carga y servicios de fletes en general, servicios de transportes de pasajeros, turismo, trabajadores y educacional; dos) actividades relacionadas con la Comercialización de productos del mar exportación, importación captura, procesamiento, incluyendo la investigación, evaluación, planificación, prospección, experimentación y desarrollo de los recursos pesqueros en general, respecto de toda clase de seres y especies que tengan, en el agua, su medio normal de vida; el cultivo de algas y la pesca marítima, lacustre y fluvial de toda clase de seres y organismos, en especial, pescados, mariscos, moluscos, crustáceos y todo tipo algas, con embarcaciones y útiles propios o ajenos; la adquisición y venta de toda clase de embarcaciones destinadas a la pesca y su aprovechamiento, a cualquier título; la utilización y explotación, a cualquier título de plantas de proceso y maquinarias para la industrialización, elaboración y preparación de conservas congelados deshidratado y picado de algas utilizando los productos del mar y los subproductos de la propia industria, tanto en el país como en el extranjero; la instalación y explotación de muelles, viveros, centros del cultivo de peces y cultivos de algas y toda obra relacionada con la industria pesquera y conservera; la obtención de concesiones fiscales marítimas y municipales destinadas al desarrollo del objeto social; la explotación del turismo y transporte marítimo en todas sus formas; y tres) las demás actividades y negocios que acordaren los socios, estén o no relacionados con los anteriores; C) Modifican la cláusula novena de escritura constitutiva, la administración de la sociedad, su representación judicial y extrajudicial, y el uso de la razón social, corresponderá exclusivamente socio Pedro Juan Olivares Carvajal, con todas las facultades que sin carácter taxativo y a título meramente enunciativo se indican en dicha cláusula. En todo lo no modificado por este instrumento mantiene su vigencia el pacto social. Quillota 26 diciembre de 2019.