MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE INVERSIONES ALGARROBO LIMITADA

RUT 77737000-6 CVE 1711030
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
29 de noviembre de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
29 de noviembre de 2019
Notario
ANTONIETA MENDOZA ESCALAS
Oficio
16 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANTONIETA MENDOZA ESCALAS, Notario Público, Titular 16 Notaría de Santiago, San Sebastián 2750, Las Condes, certifica: Por escritura de fecha 29 de noviembre de 2019, ante mí; Sebastián Pio Gilbert Ceballos, domiciliado en El Embalse N°9.101, Peñalolén, Alejandra Cristina Gilbert Diéguez, domiciliada en El Embalse N°9.101, Peñalolén, Sebastián Ignacio Gilbert Diéguez, domiciliado en Meulin N°8.694, Peñalolén, y Diego Gilbert Diéguez, domiciliado en El Embalse N°9.101, Peñalolén, modifican el pacto social de “SOCIEDAD DE INVERSIONES ALGARROBO LIMITADA”, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a Fs. 6.790 N°5.529 del año 2002. 1) Cesión de Derechos. Sebastián Pio Gilbert Ceballos vende, a Diego Gilbert Diéguez, un 20% de los derechos sociales de la Sociedad; 2) Modificación: A consecuencia de la cesión, los actuales socios, reemplazan el artículo Quinto de los estatutos por el siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $10.000.000.- que los socios pagaron y enteraron a la caja social con anterioridad a esta fecha, de la siguiente forma: (a) Sebastián Pio Gilbert Ceballos aportó $4.000.000.- equivalentes a un 40% de los derechos sociales de la Sociedad; (b) Alejandra Cristina Gilbert Diéguez aportó la suma de $2.000.000.- equivalentes a un 20% de los derechos sociales de la Sociedad; (c) Sebastián Ignacio Gilbert Diéguez aportó la suma de $2.000.000.- equivalentes a un 20% de los derechos sociales de la Sociedad; y (d) Diego Gilbert Diéguez aportó la suma de $2.000.000.- equivalentes a un 20% de los derechos sociales de la Sociedad.” En lo no modificado se mantienen plenamente vigentes e inalteradas las disposiciones del pacto social y en especial la que limita la responsabilidad de los socios al monto de sus aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 24 de diciembre de 2019.