SOCIEDAD ALBASINI Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 23 de diciembre de 2019
- Notario
- ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en la Concepción 65, piso 2, Providencia, certifica que: Por escritura pública de fecha 23 de diciembre de 2019, ante mí; MARCO LIVIO ABURTO MIRANDA, por si, domiciliado Manizales 1954, Vitacura, Santiago; CARLA ANTONELLA ALBASINI LAFFERTE, domiciliada Manizales 1954, Vitacura, por si y como miembro de la sucesión de don Pio Albasini Valentini, en conjunto con doña AMALIA GERALDINA LAFFERTE PASTEN, domiciliada Huanhualí 430, La Serena; GIANFRANCO ALBASINI LAFFERTE, domiciliado Alessandri 120, Coquimbo; y RENZO ORESTE ALBASINI LAFFERTE, domiciliado Bartolomé Blanche 2.463, La Serena, los tres últimos de paso en esta ciudad; modificaron la SOCIEDAD ALBASINI Y COMPAÑÍA LIMITADA, constituida 7 de julio de 1999, ante Notario Santiago Humberto Santelices Narducci, inscrita fs. 15.707 Nº12.500 Registro Comercio Santiago año 1999 y publicada Diario Oficial 12 julio año 1999, en cuanto: Doña Amalia Geraldina Lafferte Pastén, con consentimiento expreso de todos los socios, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos hereditarios en la Sociedad, a doña Carla Antonella Albasini Lafferte. Gianfranco Albasini Lafferte con consentimiento expreso de todos los socios, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos hereditarios en la Sociedad, a doña Carla Antonella Albasini Lafferte. Renzo Oreste Albasini Lafferte, con consentimiento expreso de todos los socios, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos hereditarios en la Sociedad, a Carla Antonella Albasini Lafferte. Quedan como únicos socios CARLA ANTONELLA ALBASINI LAFFERTE, con el 70% del capital y propiedad de la presente compañía, y MARCO LIVIO ABURTO MIRANDA con el 30% del capital y propiedad de la presente compañía. Se reemplaza el artículo sexto pacto social, por el siguiente nuevo artículo sexto: El capital de la sociedad es la cantidad de diez millones de pesos, que los socios o sus antecesores aportaron a la caja social de la siguiente forma: a) doña Carla Antonella Albasini Lafferte ha aportado la cantidad de siete millones de pesos, pagado con anterioridad a este acto, esto es un setenta por ciento del capital social y de la propiedad la sociedad; y b) don Marco Livio Aburto Miranda aporta la cantidad de tres millones de pesos, pagando con anterioridad a este acto, esto es un treinta por ciento del capital social y de la propiedad la sociedad. En lo no modificado permanecen vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 2 de enero de 2020.