SERVICIOS MÉDICOS PROFESIONALES LEDEZMA Y MIRA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 23 de diciembre de 2019
- Notario
- Pablo A. González Caamaño
- Oficio
- Novena Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
- El objeto de la sociedad : A) La prestación de servicios profesionales en el área de la salud, visitas domiciliarias, el traslado y tratamiento de pacientes críticos, intervenciones quirúrgicas, sin perjuicio de otras atenciones que los socios decidan prestar en todas su especialidades, en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o a beneficio del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar del Organismos del Sector Público o Privado, para cuyos efectos podrán comprar, crear, construir, instalar, administrar, arrendar y explotar clínicas, sanatorios, consultores, hospitales, centros médicos y clínicos, laboratorios, casas de reposo. B) De común acuerdo los socios podrán además, realizar otras actividades como inversiones en bienes muebles o inmuebles que consideren necesarios para sus actividades tanto profesionales como intelectuales, directa o indirectamente relacionadas con los demás objetivos u otros que los socios consideren pertinentes, relacionado o no con el
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPablo A. González Caamaño, abogado, Notario Público Titular de la Novena Notaría de Santiago, con oficio en calle Teatinos 333, entrepiso, CERTIFICA: Por escritura de fecha 23 de Diciembre de 2019, ante mi, Doña MAGDALENA MIRA OLIVOS, chilena, médico cirujano, casada y separa de bienes, y don RODRIGO ANTONIO LEDEZMA ROJAS, chileno, casado y separado de bienes, médico cirujano, ambos domiciliados en calle Avenida Paseo Pie Andino 7975 casa 706 comuna Lo Barnechea, Región Metropolitana; Unicos socios de la sociedad SERVICIOS MÉDICOS PROFESIONALES LEDEZMA Y MIRA LIMITADA RUT 76.167.655-5 constituida el 9 de Septiembre de 2011 ante mi, cuyo extracto se inscribió a fojas 54.853 N°40.387, en el Registro de Comercio de Santiago del año 2011 y se publicó en el Diario Oficial el 22 de septiembre de 2011, vienen en transformarla en una sociedad por acciones o SpA, de acuerdo a los siguientes estatutos: Nombre. “SERVICIOS MEDICOS LEDEZMA Y MIRA SpA” sin perjuicio de poder usar también, incluso ante los bancos e instituciones públicas o privadas, el nombre de fantasía "RLMM MEDICAL SpA" Domicilio. Santiago. Duración: Indefinida. Objeto.- El objeto de la sociedad : A) La prestación de servicios profesionales en el área de la salud, visitas domiciliarias, el traslado y tratamiento de pacientes críticos, intervenciones quirúrgicas, sin perjuicio de otras atenciones que los socios decidan prestar en todas su especialidades, en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o a beneficio del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar del Organismos del Sector Público o Privado, para cuyos efectos podrán comprar, crear, construir, instalar, administrar, arrendar y explotar clínicas, sanatorios, consultores, hospitales, centros médicos y clínicos, laboratorios, casas de reposo. B) De común acuerdo los socios podrán además, realizar otras actividades como inversiones en bienes muebles o inmuebles que consideren necesarios para sus actividades tanto profesionales como intelectuales, directa o indirectamente relacionadas con los demás objetivos u otros que los socios consideren pertinentes, relacionado o no con el objeto social.- Capital: $1.000.000, dividido en 100 acciones nominativas, sin valor nominal, sin preferencias, que se suscriben de la siguiente manera: Doña Magdalena Mira Olivos suscribe en este acto 50 acciones nominativas, sin valor nominal, sin preferencias, enterando en las arcas sociales la suma de $500.000. Don Rodrigo Antonio Ledezma Rojas, suscribe en este acto 50 acciones nominativas, sin valor nominal, sin preferencias, enterando en las arcas sociales la suma de $500.000.- En consecuencia, se encuentra totalmente suscrito y enterado el capital social. La Administración de la sociedad a doña Magdalena Mira Olivos y/o don Rodrigo Antonio Ledezma Rojas, quienes actuando individualmente representarán.- Demás estipulaciones escritura extractada.