INMOBILIARIA LA FRONTERA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 2 de enero de 2020
- Notario
- ERMIRNA VIDAL MORAGA
- Domicilio
- con oficio en Temuco
Sociedad
- Domicilio
- sociedad tendrá domicilio en la ciudad de Temuco, socios limita expresamente su responsabilidad al monto del respectivo
- Duración
- la sociedad tendrá una duración de cinco años, contados desde la fecha de esta escritura, y se renovará tácita y sucesivamente por períodos iguales si ninguno de los socios manifiesta su intención de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante declaración que deberá hacerse por escritura pública, de la cual deberá tomarse razón al margen de la inscripción social con una anticipación mínima de un año al vencimiento del respectivo período
Objeto social
El objeto de la sociedad será la adquisición a cualquier título de bienes raíces, su explotación bajo la forma de compraventas, loteos, urbanizaciones, enajenaciones de cualquier especie, o arrendamientos y otros; y la administración de los mismos. Podrá también efectuar, toda clase de inversiones en bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, inclusive acciones, bonos, valores, debentures, y en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, fondos de inversión y participaciones sociales o derechos en sociedades de personas, su administración, y la percepción de las rentas de los negocios antes descritos. La sociedad podrá efectuar tales actos por cuenta propia o ajena y abordar los negocios directamente o por medio de otras sociedades en las que ella participe o forme al efecto, pudiendo inclusive tener en las mismas la calidad de socia gestora; la administración y percepción de los frutos; y en general, cualquiera otra actividad relacionada con lo anterior o que los socios acuerden que sean conducentes a los objetivos sociales, sin perjuicio de la prohibición señalada en el artículo cuatrocientos cuatro del Código de Comercio
Administración
La administración y el uso de la razón social corresponderá al accionista MARCELO ALEXIS DILLEMS BURLANDO quien actuando por la sociedad y anteponiendo a su firma la razón social, la representará con las más amplias facultades en todos los actos relativos a su objeto y giro ordinario, conforme facultades señaladas en escritura social extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalERMIRNA VIDAL MORAGA, abogada, Notario Público, con oficio en Temuco, calle Antonio Varas Nº979, CERTIFICA: por escritura pública de fecha 02.01.2020, otorgada ante mí Suplente María Ignacia Vásquez Arango, don MARCELO ALEXIS DILLEMS BURLANDO, chileno, casado, empresario, C.I.Nº7.125.590-5, domiciliado en Temuco, Kilómetro siete del camino público de Temuco a Chol Chol, y don RICARDO MANUEL DILLEMS SERRANO, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero, C.I.Nº13.608.569-7, domiciliado en Temuco, calle San Martín número cero dos mil setecientos setenta y cinco, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, que se regirá por las estipulaciones de este contrato y por las normas contenidas en la ley número tres mil novecientos dieciocho, en el Código de Comercio y en el Código Civil, que versen sobre la material. RAZÓN SOCIAL: “INMOBILIARIA LA FRONTERA LIMITADA”. OBJETO SOCIAL: El objeto de la sociedad será la adquisición a cualquier título de bienes raíces, su explotación bajo la forma de compraventas, loteos, urbanizaciones, enajenaciones de cualquier especie, o arrendamientos y otros; y la administración de los mismos. Podrá también efectuar, toda clase de inversiones en bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, inclusive acciones, bonos, valores, debentures, y en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, fondos de inversión y participaciones sociales o derechos en sociedades de personas, su administración, y la percepción de las rentas de los negocios antes descritos. La sociedad podrá efectuar tales actos por cuenta propia o ajena y abordar los negocios directamente o por medio de otras sociedades en las que ella participe o forme al efecto, pudiendo inclusive tener en las mismas la calidad de socia gestora; la administración y percepción de los frutos; y en general, cualquiera otra actividad relacionada con lo anterior o que los socios acuerden que sean conducentes a los objetivos sociales, sin perjuicio de la prohibición señalada en el artículo cuatrocientos cuatro del Código de Comercio. ADMINISTRACION: La administración y el uso de la razón social corresponderá al accionista MARCELO ALEXIS DILLEMS BURLANDO quien actuando por la sociedad y anteponiendo a su firma la razón social, la representará con las más amplias facultades en todos los actos relativos a su objeto y giro ordinario, conforme facultades señaladas en escritura social extractada. CAPITAL SOCIAL: El capital de la sociedad asciende a la cantidad de SEISCIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES DE PESOS, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: Uno) el socio don MARCELO ALEXIS DILLEMS BURLANDO, entera la suma total de SEISCIENTOS VEINTISÉIS MILLONES SETECIENTOS SESENTA MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS PESOS, correspondiente al noventa y ocho coma ocho por ciento del capital social, por medio del aporte, en dominio pleno, del inmueble denominado LOTE A-CUATRO, de una superficie aproximada de cinco mil metros cuadrados, resultante de la subdivisión de Lote A de una superficie de treinta y nueve mil cuatrocientos noventa metros cuadrados, resultante a su vez de la subdivisión de la hijuela Número ochenta, de siete coma treinta y seis hectáreas de superficie, del Plano Divisorio del predio encabezado por don Huete Rucán, del lugar Raúl Coyan, de la comuna de Temuco, cuyos deslindes especiales del Lote A – cuatro, adjudicado son: NORTE: en cuarenta y dos coma cincuenta metros con Lote A – Dos, de esta misma subdivisión, separado por línea ; ESTE: en ciento veinticinco metros con Lote A – Cinco, de esta subdivisión, deparado por línea; SUR: en cuarenta y tres metros con camino público, Temuco Chol Chol; y OESTE: en ciento veinticinco metros con cerco recto que lo separa de la hijuela cincuenta. El titulo de dominio rola inscrito a fojas nueve mil trescientos cuarenta y cinco vuelta número siete mil cuatrocientos treinta y tres del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año dos mil. El inmueble se aporta en el estado en que se encuentra, que es conocido de las partes, con todo lo edificado y plantado, usos, costumbres, servidumbres, libre de hipotecas y gravámenes: y Dos) don RICARDO DILLEMS SERRANO la suma de OCHO MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL CUARENTA Y CUATRO PESOS, correspondiente al uno coma dos por ciento del capital social que se pagan de la siguiente forma: a) La suma de cuatro millones de pesos en este acto, al contado y en dinero efectivo, ya ingresada en la caja social; y b) El saldo, esto es, la suma de tres millones doscientos treinta y nueve mil cuarenta y cuatro pesos, pagaderos dentro del plazo de cinco años contados desde la suscripción de la presente escritura, en dinero efectivo, bienes o con cargo a las futuras utilidades de la sociedad VIGENCIA: la sociedad tendrá una duración de cinco años, contados desde la fecha de esta escritura, y se renovará tácita y sucesivamente por períodos iguales si ninguno de los socios manifiesta su intención de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante declaración que deberá hacerse por escritura pública, de la cual deberá tomarse razón al margen de la inscripción social con una anticipación mínima de un año al vencimiento del respectivo período. DOMICILIO: sociedad tendrá domicilio en la ciudad de Temuco, socios limita expresamente su responsabilidad al monto del respectivo aporte. Demás pactos constan de escritura extractada. Doy Fe. Temuco, 09 de Enero de 2020.