Directv Chile Televisión Limitada
Instrumento
- Fecha
- 18 de noviembre de 2019
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $113.271.293 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 18 de noviembre del año 2019, ante mí, Directv Chile LLC, y Galaxy Latin America Investments LLC, ambos domiciliados en Avenida Vitacura número 4.380, piso 11, comuna de Vitacura, Santiago debidamente representadas según consta en la escritura extractada, en su calidad de únicos socios de “Directv Chile Televisión Limitada”, modificaron la misma en los siguientes términos: A) Se acordó disminuir el capital social desde la suma de $113.271.293.773 a la cantidad de $91.821.293.773 mediante la restitución de la suma de $21.450.000.000 a los socios de Directv Chile Televisión Limitada en proporción a su participación en el capital e interés social, que deberá restituirse a más tardar dentro de los 45 días contados de la fecha de la escritura extractada. B) En virtud de lo anterior, se modificó el artículo Quinto de los estatutos sociales en el sentido de señalar que el capital de la sociedad es la suma de $91.821.293.773, que los socios han aportado y pagado en las siguientes proporciones: /a/ DIRECTV CHILE LLC, aporta la suma de $91.821, equivalentes al 0,0001% del total del interés social, la que se encuentra íntegramente pagada a satisfacción de la Sociedad; y /b/ GALAXY LATIN AMERICA INVESTMENTS, LLC, aporta la suma de $91.821.201.952, equivalentes al 99,9999% del total del interés social, la que se encuentra íntegramente pagada a satisfacción de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En todo lo no modificado por la escritura extractada, se mantienen vigentes demás estipulaciones del pacto social, especialmente la limitación de responsabilidad de los socios a sus respectivos aportes. Se facultó portador de extracto para legalización, Santiago, 7 de enero de 2020.-