Colegios Pedro de Valdivia Limitada
Instrumento
- Fecha
- 19 de noviembre de 2019
- Repertorio
- 20835
- Notario
- MARÍA LUISA VERA JERALDO
- Oficio
- 21 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $100.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA LUISA VERA JERALDO, Notario Público Suplente, 21 Notaría de Santiago, Huérfanos 578, Santiago, certifica, por escritura pública de fecha 19/11/2019, Repertorio número 20.835/2019, ante Notario Titular, certifica que por escritura pública de 19/11/2019, repertorio N°20.835, ante mí, Inversiones Puerto Vento Limitada, Inversiones y Rentas Cantares Limitada e Inversiones Cantares S.A., todas domiciliadas en Pedro de Valdivia N°150, oficina 1608, comuna de Providencia, Región Metropolitana, respecto Colegios Pedro de Valdivia Limitada, en adelante la “Sociedad”, constituida por escritura pública de fecha 30 de diciembre de 2010, otorgada en la notaría Santiago de don José Musalem Saffie, cuyo extracto fue inscrito fojas 2.131, N°1.608 del Registro de Comercio de Santiago del año 2011, acordaron lo siguiente: 1) Dar cuenta y aceptar el ingreso a la Sociedad de Inversiones Cantares S.A. y el consecuente retiro de Inversiones y Rentas Cantares Limitada producto del aporte que ésta hizo a la primera de la totalidad de sus derechos en la Sociedad como pago por la suscripción de una parte de las acciones de Inversiones Cantares S.A.- 2) Modificar la cláusula de los estatutos sociales relativa al capital, por la siguiente: “El capital de la sociedad es la suma de $100.000.000, que han sido pagados por los socios de la forma indicada a continuación: a) La sociedad Inversiones Puerto Vento Limitada es dueña del 50% de los derechos sociales, que equivale a la suma de $50.000.000, íntegramente pagada e ingresada en arcas sociales con anterioridad a esta fecha; y b) la sociedad Inversiones Cantares S.A. es dueña del 50% de los derechos sociales, que equivale a la suma de $50.000.000, íntegramente pagada e ingresada en arcas sociales con anterioridad a esta fecha”.- En todo lo no modificado expresamente permanecen plenamente vigentes los estatutos de la Sociedad.- Demás acuerdos constan en escritura extractada.- Se facultó a portador para legalización. Diciembre 26 de 2019.