MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

RIHUE SpA

RUT 76459804-0 CVE 1710072
Capital
$986.821 CLP
Fecha instrumento
26 de diciembre de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
26 de diciembre de 2019
Repertorio
24381-2019
Notario
Margarita Moreno Zamorano
Oficio
27° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$986.821 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Margarita Moreno Zamorano, Notario Público Interino de la 27° Notaría de Santiago, con domicilio en calle Orrego Luco 0153, comuna de Providencia, Región Metropolitana, certifico: que por escritura pública de fecha 26 de diciembre de 2019, repertorio N° 24.381-2019, ante mí, Latin America Power S.A., quien representa a esa fecha el 100% de las acciones emitidas con derecho a voto de RIHUE SpA (la “Sociedad”), inscrita a fojas 27.351, N° 16.255 del Registro de Comercio de Santiago del año 2015, acordó, entre otras materias, lo siguiente: a) Modificar la moneda en la cual se expresa el capital social, de pesos, moneda de curso legal, a dólares de los Estados Unidos de América (“USD”), con el objeto de que el capital de la Sociedad no se encuentre expresado en una moneda distinta a la que ocupa en sus registros contables. Para lo anterior se modificó el capital estatutario de la Sociedad, sin modificar el número de acciones en el cual se encuentra dividido, y se fijó en la suma de USD $986.821,84. b) Aumentar el capital de la Sociedad de la cantidad de USD$986.821,84 dividido en 590.200 acciones nominativas, sin valor nominal, de una única serie de acciones comunes, todas íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a la fecha de la escritura, a la cantidad de USD$2.475.368,87 dividido en las mismas 590.200 acciones nominativas, sin valor nominal, de una única serie de acciones comunes. Se acordó que el aumento de capital ascendente a USD$1.488.547,03 se realice sin emitir nuevas acciones y sea suscrito y pagado en ese acto por Latin America Power S.A., quedando el capital en consecuencia, íntegramente suscrito y pagado. c) Como consecuencia de lo anterior, se acordó modificar los artículos quinto y primero transitorio de los estatutos de la Sociedad con el objeto de reflejar la nueva moneda en que se expresa el capital social y el aumento de capital referido precedentemente. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se faculta al portador de extracto para legalización. Santiago, 02 de enero de 2020.