Instrumento
- Fecha
- 3 de enero de 2020
- Notario
- LUIS GUILLERMO ÁLVAREZ DONOSO
- Domicilio
- para las comunas de Linares
Sociedad
- Capital
- $30.000.000 CLP
- Domicilio
- Linares
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- Ley Nº 20.019
Objeto social
objeto exclusivo planificar, organizar, producir, comercializar, participar y controlar actividades deportivas de carácter profesional y otras relacionadas o derivadas de éstas, en los términos dispuestos en la Ley Nº 20.019 y su reglamento
Administración
Será ejercida por un Directorio elegido por la Junta de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS GUILLERMO ÁLVAREZ DONOSO, Abogado, Notario Público para las comunas de Linares, Colbún, Longaví y Yerbas Buenas, Independencia 566, Linares. Certifico: Por escritura de fecha 3 de enero de 2020, otorgada ante el Notario Suplente don JHON SAN MARTÍN JARA, Sociedad Gabriel Artigues y Compañía Limitada, domicilio camino a Panimávida número 4196, Vara Gruesa, Linares y Club de Deportes Linares Unido, domicilio San Martín número 1013, Linares, exponen: Constituyen “LISTER ROSSEL SADP”. Domicilio: Linares sin perjuicio de las oficinas, agencias o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país, o eventualmente en el extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: objeto exclusivo planificar, organizar, producir, comercializar, participar y controlar actividades deportivas de carácter profesional y otras relacionadas o derivadas de éstas, en los términos dispuestos en la Ley Nº 20.019 y su reglamento. Administración: Será ejercida por un Directorio elegido por la Junta de Accionistas. Capital: $30.000.000, dividido en treinta mil acciones nominativas, sin valor nominal de una misma y única serie. Sociedad Gabriel Artigues y Compañía Limitada, suscribe 18.000 acciones, que paga de la siguiente forma: 6.000 seis mil acciones al 31 de Marzo de 2020. 6.000 acciones a más tardar el 31 de Julio de 2020. 6.000 acciones a más tardar el 31 de Diciembre de 2020. El Club de Deportes Linares Unido, suscribe 12.000 acciones, las que pagará en cuotas mensuales iguales dentro del plazo de un año calendario, entre 1 de Enero y el 31 de Diciembre de 2020. Demás estipulaciones escritura extractada. Linares, 7 de enero de 2020.