Inversiones Higuerillas Tres Limitada
Instrumento
- Fecha
- 6 de enero de 2020
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO DIEZ MORELLO, Abogada, Notario Titular de la 34º Notará de Santiago, calle Luis Thayer Ojeda 350, Providencia, certifica: Por escritura publica de fecha 31 de de Diciembre de 2019 ante doña MARIA JOSE BRAVO CRUZ, Notario Suplente de este oficio: Francisca Palma Pfotzer,, cédula nacional de identidad número seis millones sesenta mil cuatrocientos ochenta y seis guión K, quien comparece por sí y en nombre y representación de Inversiones San Martín de Porres Limitada,, rol único tributario número setenta y seis millones ciento seis mil novecientos cuarenta y seis guión dos, todos domiciliados para estos efectos en calle Asturias número doscientos ochenta oficina setecientos uno, Comuna de Las Condes, y don Carlos Guillermo Souper Urra, cédula nacional de identidad número siete millones treinta y seis mil ochocientos veinte guión K, domiciliado en calle Asturias número doscientos ochenta, oficina setecientos uno, Comuna de Las Condes, en representación de Harwich Inversiones Limitada, rol único tributario número setenta y nueve millones setecientos cuarenta y siete mil cuatrocientos treinta guión cuatro, del mismo domicilio de su apoderado, y expusieron lo siguiente: (Uno) Los actuales socios de Inversiones Higuerillas Tres Limitada, primeramente, aumentaron el capital actual de la sociedad desde la suma de cuatro mil ciento catorce millones setecientos setenta y un mil ochocientos ochenta y ocho pesos a la suma de seis mil trescientos setenta y dos millones ciento cuarenta y cuatro mil setecientos diez pesos. El aumento de dos mil doscientos cincuenta y siete millones trescientos setenta y dos mil ochocientos veintidós pesos se pagó capitalizando íntegramente el Fondo de Revalorización de Capital Propio que por esta misma cantidad figura en el balance de la Sociedad al treinta y uno de diciembre de dos mil dieciocho, que las partes aprobaron expresamente. En esta etapa, el capital de seis mil trescientos setenta y dos millones ciento cuarenta y cuatro mil setecientos diez pesos quedó íntegramente pagado por aportes anteriores y la capitalización del Fondo de Revalorización del Capital Propio señalado. El aumento de capital por la capitalización del Fondo de Revalorización de Capital Propio según balance al treinta y uno de diciembre de dos mil dieciocho aprobado al efecto, se distribuye entre los socios con un mil novecientos ochenta y tres millones setenta y un mil noventa y ocho pesos para Francisca Palma Pfotzer y doscientos setenta y cuatro millones trescientos un mil setecientos veinticuatro pesos para Inversiones San Martín de Porres Limitada. (Dos) Seguidamente, el capital de seis mil trescientos setenta y dos millones ciento cuarenta y cuatro mil setecientos diez pesos se eleva a diez mil noventa y seis millones novecientos noventa y dos mil ochocientos once pesos. El aumento de tres mil setecientos veinticuatro millones ochocientos cuarenta y ocho mil ciento un pesos se enteró y pagó íntegramente por el aporte que Harwich Inversiones Limitada, ingresando la suma de tres mil setecientos veinticuatro millones ochocientos cuarenta y ocho mil ciento un pesos al contado y en dinero en efectivo a la caja social. Debido al aumento de capital precedentemente descrito, ingresó a Inversiones Higuerillas Tres Limitada, con el consentimiento de los demás socios, Harwich Inversiones Limitada limitando sus derechos al veinte coma cuatro cuatro cero dos por ciento de los derechos sociales por todo concepto, sea de capitales, revalorización o fondos de utilidades retenidas o del ejercicio. (Tres) Modificación de estatutos. Los únicos y actuales socios de la sociedad acordaron modificar y reemplazar íntegramente la cláusula octava de los estatutos sociales por la siguiente: “OCTAVO: El capital de la sociedad es la suma de diez mil noventa y seis millones novecientos noventa y dos mil ochocientos once pesos que los socios han enterado y pagado en dinero, en las proporciones que enseguida se indican: (a) InversionesSan Martín de Porres Limitada aportó la suma de setecientos setenta y cuatro millones trescientos un mil setecientos veinticuatro de pesos, íntegramente pagados a la caja social en virtud de aportes anteriores y con la capitalización proporcional del Fondo de Revalorización de Capital Propio según balance al treinta y uno de diciembre de dos mil dieciocho, y que representan un nueve coma seis seis siete cuatro por ciento de los derechos sociales; (b) doña Francisca Palma Pfotzer aportó la suma de cinco mil quinientos noventa y siete millones ochocientos cuarenta y dos mil novecientos ochenta y seis pesos pagados a la caja social en virtud de aportes anteriores y mediante capitalización proporcional del Fondo de Revalorización de Capital Propio según balance del treinta y uno de diciembre de dos mil dieciocho y que representan un sesenta y nueve coma ocho nueve dos cuatro por ciento de los derechos sociales; c) Harwich Inversiones Limitadaaportó la suma de tres mil setecientos veinticuatro millones ochocientos cuarenta y ocho mil ciento un pesos, íntegramente enterada y pagada en la caja social, y que representan un veinte coma cuatro cuatro cero dos por ciento de los derechos sociales.”En todo lo no expresamente modificado seguirán plenamente vigente las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 6 de enero de 2020.