MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Consultoría Ingeniería y Medio Ambiente SpA

RUT 76926303-9 CVE 1710140
Fecha instrumento
20 de diciembre de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
20 de diciembre de 2019
Repertorio
37396
Notario
ANDRES RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36 Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRES RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular de la 36 Notaría Santiago, La Concepción 65, piso 2, Comuna de Providencia, Santiago, certifico por escritura pública de fecha 20 de Diciembre de 2019, Repertorio Nº 37.396, ante mí, don MATÍAS ARANDA VON MARÉES, don FRANCISCO JAVIER GONZALO ARANDA VON MARÉES, don MATÍAS TAPIA SWETT, y doña BARBARA LEHUEDÉ EXPÓSITO, únicos y actuales accionistas modificaron la sociedad por acciones ‘’Consultoría ingeniería y medio ambiente SpA’’ cuyos estatutos extracto: TITULO PRIMERO: NOMBRE, DOMICILIO, DURACIÓN Y OBJETO, agregando un artículo CUARTO. SEGUNDO.- y en el TITULO TERCERO, se completa artículo noveno, de acuerdo a los artículos cuatrocientos veinticuatro y siguientes del código de comercio, y por las demás normas legales y reglamentarias pertinentes que sean complementarias o supletorias. TÍTULO PRIMERO: ANTECEDENTES. PRIMERO: ANTECEDENTES.- se constituyó sociedad por acciones, ‘’CONSULTORÍA INGENIERÍA Y MEDIO AMBIENTE SpA’’ mediante escritura pública de fecha once de septiembre de dos mil dieciocho, autorizado ante Notario Público Titular don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Titular de la Trigésimo Sexta Notaría de Santiago, con oficio en calle La Concepción número sesenta y cinco, piso dos, Comuna de Providencia, ciudad de Santiago Región Metropolitana. Un extracto de la constitución social se publicó en el Diario Oficial, catorce de septiembre de dos mil dieciocho, y se inscribió el doce de septiembre de dos mil dieciocho, a fojas setenta mil setecientos trece, numero treinta y seis mil doscientos sesenta y siete en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, la sociedad no ha sido objeto de modificaciones posteriores. SEGUNDO: DE LA REFORMA DE LOS ESTATUTOS SOCIALES. PRIMERO: Por el presente instrumento los comparecientes anteriormente individualizados, vienen en reformar los estatutos sociales en las materias que tratan sobre el objeto de la sociedad tratadas en el TÍTULO PRIMERO: NOMBRE, DOMICILIO, DURACION Y OBJETO, agregándose un artículo CUARTO. SEGUNDO.- y sobre la administración de la sociedad, tratadas en el TITULO TERCERO: DE LA ADMINISTRACION, complementando su artículo NOVENO.TÍTULO SEGUNDO: DE LA REFORMA DE ESTATUTOS SOCIALES. PRIMERO: Por el presente instrumento se agrega un artículo Cuarto, el que expresa lo siguiente: ‘’CUARTO. SEGUNDO: En el cumplimiento del objeto social, la Sociedad procurará generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la Sociedad y el medio ambiente. Sólo los socios/accionistas de la Sociedad podrán exigir el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo’’. SEGUNDO: Se complementa el artículo NOVENO de los estatutos sociales agregándose al final lo siguiente ‘’En el desempeño de sus actividades, la administración de la Sociedad deberá considerar no solo los intereses de sus socios/accionistas, sino a los trabajadores, clientes y proveedores de la Sociedad y otras partes directa o indirectamente vinculadas a ella. Asimismo, deberá velar por los intereses de la comunidad donde opera y por la protección del medio ambiente local y global. Los administradores deberán dejar constancia de la memoria anual o en comunicaciones periódicas a los socios o accionistas , según corresponda, de las acciones tomadas al respecto. El cumplimiento de lo anterior solo podrá exigirse por los accionistas o socios de la sociedad’’. TERCERO: en todo aquello que no se introdujeron modificaciones en la presente escritura de modificación, el pacto social mantiene totalmente vigente. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 7 de Enero de 2020.