MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COLMENARES Y AGRICOLA ESA LIMITADA

RUT 76034573-3 CVE 1709571
Fecha instrumento
30 de abril de 2008
Notaría
Talca

Instrumento

Fecha
30 de abril de 2008
Notario
TEODORO PATRICIO DURAN PALMA
Oficio
5ª Notaria de Talca
Comuna
Talca

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

TEODORO PATRICIO DURAN PALMA, Notario Público, Titular de la 5ª Notaria de Talca, con oficio en calle 1 Norte N° 888, Talca, Certifico: Por escritura pública suscrita hoy, ante mí, doña PRISCILA REBECA IGLESIAS CRUZ, domiciliada en calle 2 ½ Norte 3.746, comuna y ciudad de Talca; don FRANCISCO ANSEL ARENAS AMARO, domiciliado en el sitio N° 52 del sector denominado el Manzano comuna de Pelarco, y don ALVARO ENRIQUE SANDOVAL FEDELLI, domiciliado en Bles Gama N° 5903 casa I, comuna de Reina, modificaron “COLMENARES Y AGRICOLA ESA LIMITADA”, Rut N° 76.034.573-3, constituida por escritura pública de fecha 30/04/2008 otorgada en la 16° Notaría de Santiago ante doña Antonieta Mendoza Escalas, Notario Público Titular; cuyo extracto se inscribió a fojas 23.334, N° 16.030, del Registro de Comercio del año 2.008, del Conservador de Comercio de Santiago.- Saneada por escritura de fecha 14/07/2008, otorgada ante don Gonzalo Sergio Mendoza Escalas Notario público suplente de la Titular doña Antonieta Mendoza Escalas, de la 16° Notaría de Santiago, cuyo extracto se inscribió a fojas 1.331, N° 648 año 2.008 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talca. Actuales modificaciones consisten: A) don FRANCISCO ANSEL ARENAS AMARO, cedió a doña PRISCILA REBECA IGLESIAS CRUZ, derechos equivalentes al 34% de participación social, y a don ALVARO ENRIQUE SANDOVAL FEDELLI derechos equivalentes al 7% de participación en la sociedad; B) Como consecuencia de la cesión han quedado como únicos socios de la sociedad “COLMENARES Y AGRICOLA ESA LIMITADA”, doña PRISCILA REBECA IGLESIAS CRUZ, con el 75% de participación en los derechos sociales, y don ALVARO ENRIQUE SANDOVAL FEDELLI, con el 25% de participación en los derechos sociales, C) se modifica la cláusula cuarta de los estatutos, quedando como sigue: “CUARTA: el capital de la sociedad es la suma de tres millones de pesos, el cual se encuentra íntegramente enterado en dinero efectivo por sus socios, y que corresponde a sus actuales socios como sigue (Uno) PRISCILA REBECA IGLESIAS CRUZ, con una suma equivalente al SETENTA Y CINCO por ciento de participación en los derechos sociales, esto es, DOS MILLONES DOCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS. (Dos) ALVARO ENRIQUE SANDOVAL FEDELLI, con una suma equivalente al VEINTICINCO por ciento de participación en los derechos sociales, esto es, SETECIENTOS CINCUENTA mil pesos. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus aportes”, D) Además, por el presente instrumento, los socios acuerdan de modificar la cláusula primera de los estatutos, en cuanto a la razón social, en los siguientes términos: La sociedad girará bajo la razón social de “AGRICOLA ESA LIMITADA”, sin perjuicio de lo cual podrán usar también indistintamente el nombre de fantasía “ESA LTDA” para fines comerciales y financieros. En lo modificado por este instrumento quedan plenamente vigentes las estipulaciones del contrato social. Demás estipulaciones escritura extractada. Talca, 11 de diciembre de 2019.