Transportes e Inversiones Altamira Limitada
Instrumento
- Fecha
- 6 de diciembre de 2019
- Notario
- JUAN FACUSE HERESI
- Domicilio
- Santiago
- Comuna
- Macul
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN FACUSE HERESI, Notario Público de Santiago, Titular de la Primera Notaría de Macul, con Oficio Gregorio de la Fuente Nº 3143, certifico: Que por escritura de fecha 06 de diciembre de 2019, ante mí, Karin Andrea Niedermayr Huazán, San Diego 1223, Santiago, y María Olinda Huazán Pacheco, mismo domicilio; modificaron sociedad “TRANSPORTES E INVERSIONES ALTAMIRA LIMITADA”, constituida escritura 27 marzo 2003 ante notario Juan Facuse Heresi, publicada Diario Oficial 4 abril 2003, e inscrita a fs. 8.417, N° 6.610, Registro Comercio 2003, Conservador Bienes Raíces Santiago. Modifican Objeto Social, reemplazando Cláusula Quinta estatutos por siguiente: “QUINTO: El objeto de la sociedad será: a) El transporte de mercaderías y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros; b) La representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje; c) La compraventa de móviles nuevos o usados, repuestos, motores, accesorios y demás; d) Todo lo relacionado, de cualquier forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras en su caso; e) La compra, venta, importación, exportación, almacenaje, distribución, consignación y arrendamiento de todo tipo de bienes muebles; f) Realizar inversiones en todo tipo de negocios, sea mediante la adquisición de acciones o derechos en sociedades o comunidades, y la adquisición de bienes muebles o inmuebles, como asimismo la comercialización y enajenación de dichos bienes; y en general realizar todas las actividades que estén relacionadas directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con este giro; g) La prestación de servicios de asesoría en todo tipo de materias, estén relacionadas o no con todo lo anterior, asesorías contables, tributarias, financieras y administrativas, y de cualquier tipo; h) Todo lo que acordaren los socios, pudiendo actuar dentro de su giro por cuenta propia o de terceros.”. En todo lo no modificado, continúan vigentes estipulaciones escritura de constitución y respectivas modificaciones. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 16 de diciembre de 2019.