MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

KAUTZ NEGRETE SERVICIOS E INVERSIONES LIMITADA

RUT 76381254-5 CVE 1708981
Fecha instrumento
10 de diciembre de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
10 de diciembre de 2019
Notario
PABLO A. GONZALEZ CAAMAÑO
Oficio
9a. Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
la ciudad Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto la prestación de asesorías y servicios de ingeniería, en especial en el área de la electrónica, telefonía y telecomunicaciones, servicios financieros, contables, empresariales, de marketing, administración y comerciales; y la inversión, adquisición, enajenación, administración y explotación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles e inmuebles, obtención de rentas o beneficios de inmuebles, inversiones o participación en otras sociedades, empresas, negocios o valores

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PABLO A. GONZALEZ CAAMAÑO, Abogado, Notario Público Titular 9a. Notaría Santiago, con oficio en calle Teatinos Nº 333, entrepiso, comuna Santiago, Certifico: Por escritura pública de fecha 10 de Diciembre de 2019, ante mí, don ALEXANDER WALTER KAUTZ PAVEZ, chileno, casado, Ingeniero Civil, cédula nacional de identidad número catorce millones ciento sesenta y cinco mil quinientos treinta y ocho guion ocho; y doña JESSICA JENNIFER NEGRETE PALOMINOS, chilena, casada y en ejercicio del patrimonio reservado de la mujer casada conforme al Artículo ciento cincuenta del Código civil, Ingeniero Comercial, cédula nacional de identidad número dieciséis millones cuatrocientos noventa y tres mil novecientos cuarenta y ocho guion cero, ambos con domicilio en ésta ciudad, Los Peumos número treinta y cinco, casa B, Condominio Los Castaños de Chicureo, comuna de Colina, Región Metropolitana, de paso en ésta.- Los socios, en su calidad de únicos titulares de sociedad “KAUTZ NEGRETE SERVICIOS E INVERSIONES LIMITADA”, Rut N°76.381.254-5, cuyo extracto se publicó en el diario oficial de fecha veintiséis de junio del año dos mil catorce, edición número cuarenta mil ochocientos noventa y dos, y se inscribió a fojas cuarenta y seis mil doscientos cincuenta, número veintiocho mil quinientos cincuenta del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año dos mil catorce, vienen en transformarla en sociedad por acciones, al tenor de lo prescrito en el artículo cuatrocientos veinticuatro y siguientes del Código de Comercio, artículos noventa y siete y demás pertinentes de la ley dieciocho mil cuarenta y seis, la que se regirá por los estatutos que se indican a continuación. Ésta sociedad por acciones estará regida por las disposiciones pertinentes de la ley dieciocho mil cuarenta y seis, de los Códigos de Comercio y Civil, supletoriamente por las disposiciones del Reglamento de Sociedades Anónimas y, en especial, por los siguientes estatutos: Razón social: “INVERTELCO SpA”.- Objeto: La sociedad tendrá por objeto la prestación de asesorías y servicios de ingeniería, en especial en el área de la electrónica, telefonía y telecomunicaciones, servicios financieros, contables, empresariales, de marketing, administración y comerciales; y la inversión, adquisición, enajenación, administración y explotación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles e inmuebles, obtención de rentas o beneficios de inmuebles, inversiones o participación en otras sociedades, empresas, negocios o valores.- Domicilio: la ciudad Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y en el extranjero.- Duración: Indefinida.- Capital: un millón de pesos, dividido en mil acciones nominativas, sin valor nominal, de la misma clase y serie. El capital de la sociedad se suscribe y paga en la forma indicada en el artículo primero transitorio. De ese modo y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo transitorio aludido, el capital de la sociedad ascendente a un millón de pesos y representado en mil acciones nominativas de la misma clase y preferencia, se suscribe y paga en este acto, esto es cada una de las mil acciones que son dadas por pagadas en este acto. Las mil acciones en que se divide el capital social, corresponde al capital pagado proveniente de los registros contables de la sociedad de responsabilidad limitada de que da cuenta la cláusula primera del presente instrumento. Las acciones indicadas corresponden a los derechos sociales en la sociedad de responsabilidad limitada que tenían los actuales accionistas y se encuentran totalmente pagadas.- Los accionistas sólo son responsables del pago de sus acciones y no estarán obligados a devolver a la caja social las cantidades que hubieran percibido a título de beneficios.- Representación, administración y uso razón social: Corresponderá a don ALEXANDER WALTER KAUTZ PAVEZ, quien la representará con las más amplias facultades de administración y disposición enunciadas en escritura extractada. Otras estipulaciones constan en escritura extractada.