Inversiones Hoteleras Holding SpA
Instrumento
- Fecha
- 30 de diciembre de 2019
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $51.159 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario, titular de la 43° Notaría de Santiago, domiciliado en Calle Huérfanos 835, piso 18, certifico que con fecha 19 de diciembre de 2019, ante mí, se redujo a escritura pública acta de Junta Extraordinaria de Accionistas Inversiones Hoteleras Holding SpA, celebrada ante mí con esta misma fecha, en la que se acordó aumentar el capital social de US$51.159.566 dividido en 51.149.566 acciones de la Serie A preferente y 10.000 acciones de la Serie B preferente, todas nominativas y sin valor nominal, a la suma de US$106.159.566, dividido en 106.149.566 acciones de la Serie A preferente y 10.000 acciones de la Serie B preferente, todas nominativas y sin valor nominal, el cual se suscribe y paga de la siguiente forma; i) con la suma de US$51.159.566 representativo de la cantidad de 51.149.566 acciones de la Serie A preferente y 10.000 acciones de la Serie B preferente, todas nominativas y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas, con anterioridad a la Junta Extraordinaria de Accionistas de fecha 19 de diciembre de 2019 y con la cantidad de US$55.000.000 que corresponde al monto total de aumento de capital acordado en la Junta Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad celebrada con fecha 19 de diciembre de 2019, mediante la emisión de 55.000.000 de nuevas acciones de la Serie A preferente, todas nominativas y sin valor nominal, a un precio de US$1 por acción, las que fueron íntegramente suscritas y pagadas por Fondo de Inversión Inversiones Hoteleras, mediante la capitalización parcial del crédito que consta en un pagaré de dicho accionista en contra de la Sociedad, según se da cuenta en el acta de la referida junta, el cual fue debidamente individualizado en la misma y cuyo valor fue también estimado en la junta de acuerdo a lo dispuesto en los estatutos sociales. Como consecuencia de lo acordado, se modificaron los artículos Quinto permanente y Primero Transitorio de los estatutos sociales. Demás estipulaciones y acuerdos constan escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para legalización. Santiago. 30 de diciembre de 2019.