Instrumento
- Fecha
- 6 de enero de 2020
- Notario
- GUILLERMO ENRIQUE JIMENEZ GUTIERREZ
- Oficio
- Quinta Notaría de Antofagasta servida por doña CAMILA JORQUIERA MONARDEZ
Sociedad
- Capital
- $35.000.000 CLP
- Domicilio
- Antofagasta
- Duración
- 5 años contados fecha otorgamiento escritura. Plazo se entenderá prorrogado tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno, a menos que cualquiera de las socias desee poner término al contrato a su vencimiento o al de cualquiera de sus prórrogas, mediante declaración hecha por escritura pública de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción respectiva en el Registro de Comercio de Antofagasta, con una anticipación, a lo menos, de 6 meses a la fecha de vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas
Objeto social
El objeto de la sociedad será: Uno) Tecnología: a) integraciones tecnológicas; investigación, desarrollo, innovación, creación, diseño y fabricación de nuevos sistemas y tecnologías, patentes, maquinarias, automatizaciones, para toda clase aplicaciones industriales; y, b) la exportación e importación de piezas, recambios, maquinarias nuevas y usadas. Dos) Construcción: a) preparación del terreno, excavaciones y movimientos de tierras; b) servicio de demolición y derribo de edificios, viviendas y estructuras; c) construcción total o parcial de edificios, viviendas y estructuras; d) obras de ingeniería; y, e) obras menores. Tres) Diseño: fabricación y montaje de obras eléctricas e instrumentales, servicios de ingeniería, consultorías, estudios de calidad de energía, integraciones, puestas en marchas, reparación y mantención de equipos eléctricos y)o electrónicos, fabricación de tableros eléctricos. En el desarrollo de los giros sociales la compañía podrá actuar por cuenta propia o de terceros y dentro y fuera del país
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGUILLERMO ENRIQUE JIMENEZ GUTIERREZ, Notario Público Suplente de la Quinta Notaría de Antofagasta servida por doña CAMILA JORQUIERA MONARDEZ, con oficio en calle Latorre 2.417, Antofagasta, certifica: por escritura pública hoy, ante mí, WALTER ARTURO RODRÍGUEZ BARAHONA, médico cirujano, Travesía del Mar 03608, casa 1, esta ciudad; y JOSÉ ARÍSTIDES FERRADA TIMMERMAN, domiciliado en calle Alcalde Germán Miric número doscientos dieciséis, edificio Bartolomé, departamento número mil ochocientos tres, de esta ciudad, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón social: ELECTRICA NORTE LIMITADA. Sin embargo, la sociedad podrá actuar, inclusive en sus relaciones con los bancos, con el nombre extractado "ENORTE LTDA.”. Objeto: El objeto de la sociedad será: Uno) Tecnología: a) integraciones tecnológicas; investigación, desarrollo, innovación, creación, diseño y fabricación de nuevos sistemas y tecnologías, patentes, maquinarias, automatizaciones, para toda clase aplicaciones industriales; y, b) la exportación e importación de piezas, recambios, maquinarias nuevas y usadas. Dos) Construcción: a) preparación del terreno, excavaciones y movimientos de tierras; b) servicio de demolición y derribo de edificios, viviendas y estructuras; c) construcción total o parcial de edificios, viviendas y estructuras; d) obras de ingeniería; y, e) obras menores. Tres) Diseño: fabricación y montaje de obras eléctricas e instrumentales, servicios de ingeniería, consultorías, estudios de calidad de energía, integraciones, puestas en marchas, reparación y mantención de equipos eléctricos y/o electrónicos, fabricación de tableros eléctricos. En el desarrollo de los giros sociales la compañía podrá actuar por cuenta propia o de terceros y dentro y fuera del país. Capital: $35.000.000, aportado del modo siguiente: a) WALTER ARTURO RODRÍGUEZ BARAHONA $25.000.000; y JOSÉ ARÍSTIDES FERRADA TIMMERMAN $10.000.000. Cada socio ingresa su respectivo aporte a la caja social en este acto al contado y en dinero efectivo. Administración y uso razón social: corresponderá a don JOSÉ ARÍSTIDES FERRADA TIMMERMAN quien, anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos, convenios o contratos que estime necesarios y conducentes al cumplimiento del objeto social con las limitaciones que se indican en escritura extractada. Duración: 5 años contados fecha otorgamiento escritura. Plazo se entenderá prorrogado tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno, a menos que cualquiera de las socias desee poner término al contrato a su vencimiento o al de cualquiera de sus prórrogas, mediante declaración hecha por escritura pública de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción respectiva en el Registro de Comercio de Antofagasta, con una anticipación, a lo menos, de 6 meses a la fecha de vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas. Domicilio: Antofagasta, sin perjuicio agencias y sucursales que establezca resto del país y en extranjero. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Antofagasta, 06 de enero de 2020.