VATO CHILE SpA
Instrumento
- Fecha
- 26 de agosto de 2019
- Notario
- ÁLVARO GONZALEZ SALINAS
- Oficio
- Cuadragésima Segunda Notaría deSantiago con domicilio en esta ciudad
Sociedad
- Capital
- $43.500.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalÁLVARO GONZALEZ SALINAS, Notario Público Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría deSantiago con domicilio en esta ciudad, calle Agustinas número mil setenta, piso dos, de la comuna de Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 30 / 12 / 2019, ante mí, la cual redujo Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad “VATO CHILE SpA”, inscrita a fojas 86.765 número 46.421 del Registro de Comercio de Santiago del año 2017, celebrada el día 26 de agosto de 2019, se acordó, entre otras materias, reformaron los Artículos Quinto y Primero Transitorio de los estatutos sociales, de la siguiente forma: “ARTÍCULO CUARTO: Capital. El capital de la Sociedad asciende a la suma de $43.500.000.- en (a) 934.0000 mil acciones ordinarias, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal; y (b) 66.000 Acciones Preferentes Serie A, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal, el que se ha pagado y pagará en la forma que se indica en el artículo Primero Transitorio de estos estatutos.- Tanto el capital inicial como los eventuales aumentos de capital podrán pagarse en dinero efectivo, con otros bienes o con créditos. La valoración de éstos se acordará en forma unánime por las acciones suscritas y pagadas de la Sociedad, y en el caso de los aumentos de capital, de la manera en que se acuerde con ocasión en cada aumento. Los aumentos de capital solamente podrán ser acordados por los accionistas. En silencio o a falta de acuerdo, los aportes deberán pagarse en dinero efectivo. Se deja expresa constancia que los accionistas podrán suscribir y pagar el capital social con aportes en trabajo, el que deberá ser valorizado por la Junta. La Sociedad podrá adquirir y poseer acciones de su propia emisión. Con todo, las acciones de propia emisión que se encuentren bajo el dominio de la Sociedad, no se computarán para la constitución del quórum en las Juntas de Accionistas o aprobar modificaciones del estatuto social, y no tendrán derecho a voto, dividendo o preferencia en la suscripción de aumentos de capital. Salvo disposición especial en contrario en estos estatutos, las acciones de propia emisión adquiridas por la Sociedad deberán enajenarse dentro del plazo de diez años contado desde su adquisición. Si dentro del plazo establecido las acciones no se enajenan, el capital quedará reducido de pleno derecho al monto que corresponda luego de excluir aquellas acciones de propia emisión en poder de la Sociedad, las que se eliminarán del Registro de Accionistas. El capital social deberá ser aumentado o disminuido mediante acuerdo de la Junta de Accionistas. El plazo para enterar los aumentos de capital será de 12 meses contados desde la fecha del acuerdo respectivo, salvo que la Junta o el Directorio acuerden algo distinto. En el caso de aumentos de capital mediante la emisión de acciones de pago, será necesario hacer oferta preferente de dichas acciones a los accionistas de la Sociedad. En el caso que las acciones pendientes de suscripción y pago no sean suscritas y pagadas en los plazos que se indican y tan pronto como dichos plazos concluyan sin haberse cumplido tal condición, el capital de la Sociedad será reducido de pleno derecho y las acciones pendientes de suscripción y pago serán eliminadas de los registros de la Sociedad.” “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital social que asciende a la suma de 43.500.000.- en (a) 934.0000 mil acciones ordinarias, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal; y (b) 66.000 Acciones Preferentes Serie A, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal, ha sido y será suscrito y pagado de la siguiente forma: a) Con la suma de $1.000.000.- dividido en 934.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, y sin valor nominal, las que fueron suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; b) Con la suma de $42.500.000.- dividido en 66.000 Acciones Preferentes Serie A, nominativas, de una misma serie, y sin valor nominal, las que se encuentran pendientes de suscripción y pago, pero en todo caso deberán ser pagadas dentro de los 12 meses siguientes a esta fecha.” Demás acuerdos constan en escritura extractada. Santiago, 03 de enero de 2020.